La Junta vuelve a clausurar el interior de bares y gimnasios

J.D.M.
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Los centros comerciales y los gimnasios tampoco podrán abrir. La hostelería solo podrá ofrecer servicio en terrazas o a domicilio. Las medidas entrarán en vigor a las 00.00 horas de este miércoles y se prolongarán durante 14 días

La hostelería solo podrá mantener abiertas las terrazas y ofrecer comida para llevar o servicio a domicilio. - Foto: Valdivielso

Vuelta a empezar. La Junta de Castilla y León propondrá este martes en una reunión extraordinaria del Consejo de Gobierno extender a toda Castilla y León, incluida Burgos, las actuales restricciones adicionales vigentes en Ávila, Palencia y Segovia. A saber: cierre de la hostelería interior, de los centros comerciales, de los gimnasios y de los establecimientos de juegos y apuestas, así como la asistencia de público a los eventos deportivos que se realicen en instalaciones deportivas que no sean al aire libre.

Estas medidas entrarán en vigor a partir de las 00.00 horas de este miércoles, 13 de enero, y perdurarán durante 14 días, hasta las 23.59 horas del martes 26 de enero, si bien la Consejería de Sanidad "evaluará de forma continua la situación sanitaria con el fin de garantizar la adecuación de las medidas vigentes a la evolución de los indicadores epidemiológicos, asistenciales, sociales, económicos y de movilidad, pudiendo ser aquellas mantenidas, modificadas o levantadas en función de su evolución".

La Junta defiende esta "apuesta por la prevención y la anticipación" para frenar el avance de la tercera ola de la pandemia después de que la incidencia acumulada semanal "se haya disparado, con la mayor velocidad de subida de España y un ritmo de contagios cinco veces superior a la de la semana de Navidad".

El gabinete de crisis frente a la covid-19 responde con este planteamiento a los últimos informes sanitarios y de la evolución de los indicadores pandémicos en Castilla y León, que "expresan una situación de riesgo extremo, con transmisión comunitaria no controlada y sostenida de la infección por SARS-CoV-2 que excede las capacidades del sistema sanitario".

La adopción de restricciones, justifica la Junta en un comunicado, "conllevará beneficios a corto, medio y largo plazo, tales como la limitación de contagios y de hospitalizaciones en planta y UCI, descenso de la mortalidad, reducción de la paralización de recursos sanitarios, afectaciones a la gestión de las listas de espera de otras patologías,…".

El establecimiento de estas medidas extraordinarias supone un reforzamiento de las iniciativas para la prevención y contención pandémica indicadas en el nivel 4 de alarma sanitaria, con especial atención en el control de aforos y de la movilidad y actividad social en sectores en los que se observa una mayor interacción relacionada con nuevos brotes y contagios y sobre los que la Administración autonómica sí dispone de capacidad competencial reguladora.

Estas acciones ahora aprobadas de agravamiento del nivel 4 ante la actual situación por la covid-19 en la Comunidad se centran en:

* Suspensión de la apertura al público de los grandes establecimientos comerciales definidos en el artículo 15 del texto refundido de la Ley de Comercio de Castilla y León, aprobado por Decreto Legislativo 2/2014, de 28 de agosto, con las siguientes excepciones:

- Establecimientos comerciales minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad, establecimientos sanitarios, centros o clínicas veterinarias, productos higiénicos, librería, prensa y papelería, combustible para la automoción, estancos, equipos tecnológicos y de telecomunicaciones, alimentos para animales de compañía, peluquerías, tintorerías y lavanderías y  sucursales bancarias, así como departamentos dedicados a todas las actividades mencionadas y que se puedan encontrar en el interior de dichos establecimientos.

- Establecimientos individuales de menos de 2.500 metros cuadrados de superficie de venta al público con acceso directo e independiente desde el exterior.

Los establecimientos, instalaciones y locales deberán exponer al público el aforo máximo, en el que están incluidos sus trabajadores y asegurar que la distancia de seguridad interpersonal se respeta en el interior, debiendo asimismo establecer procedimientos que permitan el recuento y el control de aforos.

No se permite en ningún caso la permanencia de clientes en zonas comunes, incluidas áreas de descanso, excepto para el mero tránsito entre los establecimientos comerciales; también deberán estar cerradas zonas recreativas, como parques infantiles o similares.

La permanencia en los establecimientos cuya apertura esté permitida deberá ser la estrictamente necesaria para que los consumidores puedan realizar la adquisición de productos, quedando suspendida la posibilidad de consumo de productos en los propios establecimientos. En todo caso se evitarán aglomeraciones y se controlará que consumidores y empleados lleven mascarilla y mantengan la distancia de seguridad a fin de evitar posibles contagios.

* Se suspenden todas las actividades de restauración en interiores, permitiéndose en terrazas con las condiciones indicadas para el nivel 4, con las siguientes excepciones:

- Servicios de entrega a domicilio o recogida en el establecimiento o en vehículo.

- Los restaurantes de los hoteles y otros alojamientos turísticos, que pueden permanecer abiertos siempre que sea para uso exclusivo de sus clientes, sin perjuicio que también puedan prestar servicios de entrega a domicilio o recogida en el establecimiento.

- Los servicios de restauración integrados en centros y servicios sanitarios, socio sanitarios y sociales, incluyendo las actividades de ocio infantil y juvenil, los comedores escolares y los servicios de comedor de carácter social.

- Otros servicios de restauración en centros de formación no incluidos en el párrafo anterior y los servicios de restauración en centros de trabajo, destinados a las personas trabajadoras.

- Los servicios de restauración de los establecimientos de suministro de combustible o centros de carga o descarga o los expendedores de comida preparada, con el objeto de posibilitar la actividad profesional de conducción, el cumplimiento de la normativa de tiempos de conducción y descanso y demás actividades imprescindibles para poder llevar a cabo las operaciones de transporte de mercancías o viajeros.

* Se suspende la apertura al público de instalaciones deportivas convencionales y centros deportivos para la realización de actividad física no oficial y no federada, que no sean al aire libre. Se suspende la práctica de la actividad deportiva oficial de carácter no profesional de ámbito autonómico, salvo las competiciones, incluidos sus entrenamientos, que den acceso directo o cuyas fases regulares de competición desemboquen en fases de ascenso a competiciones oficiales regulares de ámbito estatal.

* No se permite la asistencia de público a ningún evento deportivo.

* Se suspende la apertura al público de los establecimientos y locales de juegos y apuestas.

Además de estas condiciones y de aquellas otras que de una forma más específica y sectorial se recogen en el Acuerdo 76/2020, la Junta recuerda la necesidad de mantener comportamientos individuales responsables y preventivos (uso obligatorio de la mascarilla, lavado frecuente de manos, mantenimiento de la distancia interpersonal de seguridad y la limitación a un máximo de seis personas en reuniones familiares y sociales).

La Comunidad asimismo mantiene, en el marco temporal establecido por el Real 926/2020, el cierre perimetral de Castilla y León, con las excepciones indicadas en los correspondientes Acuerdos de la Presidencia de la Junta, así como el toque de queda entre 22 y las 6 horas.

Vacunación y cribados masivos. Ante el "vertiginoso" incremento de la incidencia acumulada a siete días, "cinco veces superior a la incidencia de la semana de Navidad", remarcan fuentes de la Junta, además de extender a todas las provincias las actuales restricciones vigentes en Ávila, Palencia y Segovia, el Ejecutivo regional ha decidido reforzar la campaña de vacunación "si está garantizado el suministro", así como continuar con los cribados masivos.

En este contexto, la vacuna, además de un hito científico histórico, se vislumbra como "el camino para superar el reto pandémico" y Castilla y León está inmersa en el desarrollo de su estrategia de vacunación frente a la covid-19, que se está llevando a cabo de acuerdo a lo establecido para el conjunto del Sistema Nacional de Salud.

De esta manera, desde que se comenzase a vacunar el pasado 27 de diciembre, la Comunidad está administrando la pauta vacunal frente al nuevo coronavirus SARS-CoV-2 al primero de los grupos prioritarios indicados por el Consejo Interterritorial: el compuesto por personas residentes en centros de atención a la Tercera Edad y a la Dependencia.

La vacunación de este grupo población de especial riesgo "avanza a un ritmo muy destacable" y, según el registro de vacunaciones de Castilla y León, a fecha 11 de enero, ya se había vacunado con la primera de las dos dosis necesarias 36.229 personas (Ávila, 2.439; Burgos, 5.602; León, 6.087; Palencia, 3.711; Salamanca, 5.453; Segovia, 1.206; Soria, 2.253; Valladolid 6.563; y Zamora, 2.915).

Este martes, de acuerdo con la planificación prevista por el Ministerio de Sanidad, ha llegado un nuevo envío semanal de la vacuna de Pfizer-BioNTech, por ahora la única disponible, consistente en otras 25.350 dosis, de las cuales llegan a Burgos 4.875.