Más pasos elevados pese a los informes técnicos negativos

D. ALMENDRES
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La voluntad política se topa con el debate sobre las competencias de la Ordenanza y la Orden nacional de la red de carreteras del Estado. El alcalde ya adelantó la próxima modificación del reglamento municipal

La avenida de la Independencia cuenta con reductores de velocidad. - Foto: Jesús Javier Matías

Los pasos elevados ya se han convertido en unos elementos familiares en la capital. Son estructuras diseñadas para garantizar en la medida de lo posible la seguridad de los viandantes, una solución que se suma a otras mejoras tecnológicas implantadas como son la iluminación dinámica y las señales acústicas fijadas en los puntos más delicados de la red urbana.

La necesidad de mantener una velocidad reducida en la vía -o, al menos, de evitar que se dispare- convierten a estos dispositivos en una respuesta válida que encuentra el consenso político y el apoyo de los ciudadanos.
En muchos casos, son los propios vecinos quienes demandan estos elementos en sus barrios. Sin embargo, el debate surgido entre los técnicos sobre las competencias de la Ordenanza municipal y la Orden ministerial establecida para Red de Carreteras del Estado provoca la redacción de informes negativos en este momento.

Esta circunstancia ralentiza la instalación de los reductores de velocidad programados en los últimos meses y obliga al Ayuntamiento de Burgos a estudiar caso por caso para esquivar las mencionadas limitaciones.
Mientras tanto, el alcalde de Burgos, Daniel de la Rosa, anunció el pasado mes de noviembre su compromiso para cambiar la ordenanza municipal y resolver a lo largo de este año un «problema de interpretación» plasmado en los informes del 2 de agosto de 2021 y del 17 de febrero de 2022.

De un lado, se encuentra la Ordenanza Municipal de Normalización de Elementos Constructivos para Obras de Urbanización. El punto 2.32a de este reglamento limita la instalación de reductores de velocidad en zonas donde sea prevea el paso de transporte público, en tramos con pendientes superiores al 5% o en vías que superen una media de 5.000 vehículos al día o 300 en hora punta.

La conclusión del primer informe determinó que era «aconsejable» regular la instalación de estos elementos siguiendo este reglamento, descartando así lo establecido por la Orden FOM/3058/2008 del, entonces, Ministerio de Fomento.

Sin embargo, el segundo texto defiende que esta Ordenanza no es aplicable en los proyectos y obras ordinarias en calles y vías públicas integradas en el dominio público municipal. Ante este «vacío» administrativo se toma la Orden Ministerial como una «referencia muy cualificada» para determinar la conveniencia de la instalación de los pasos elevados.

El Ayuntamiento maneja un informe técnico negativo para instalar un reductor de velocidad en el número 41 de la calle Madrid, al tener en cuenta la densidad de tráfico de la vía en este punto y las dimensiones del elemento planteado. Incluso, se propone regular el paso de peatones actual con semáforos.

(La información completa y otros casos, en la edición impresa de Diario de Burgos de hoy lunes o aquí)