Jesús Quijano

UN MINUTO MIO

Jesús Quijano

Catedrático de Derecho Mercantil de la Universidad de Valladolid


La jura de la princesa

30/10/2023

Forma parte de la tradición de las monarquías parlamentarias que, al llegar a la mayoría de edad, el heredero de la corona se comprometa a acatar la Constitución en un acto solemne de juramento o promesa, que se celebra en la sede del Parlamento. El sentido histórico de la ceremonia es bien evidente: superado el tiempo de las monarquías absolutas y asentado el modelo de la monarquía constitucional y parlamentaria, el heredero acepta en un acto solemne la primacía de la soberanía popular, que implica una limitación estricta de lo que en el pasado fueron las potestades omnímodas de la corona, reducidas ahora a una función arbitral y representativa.
La Princesa Leonor cumple, pues, el rito. Lo hace por una circunstancia bien singular: no tiene un hermano que fuera preferido a ella en la sucesión a la Corona, aunque fuera de menor edad; de tenerlo él hubiera sido llamado a la sucesión, porque nuestra Constitución, tan necesitada de reforma en este, y en otros, puntos, mantiene el criterio tradicional de la primacía del varón.
Así que la Princesa Leonor, salvo imprevistos, será Reina de España cuando llegue el momento y lo que hace ahora es garantizar el respeto a la Constitución, una vez alcanzada la mayoría de edad. Lo que va a ocurrir es que la parte más morbosa y noticiable del acto que va a protagonizar muy probablemente sea la de las ausencias, más que la del significado. Ausencias anunciadas, al menos, de la mayoría de los grupos nacionalistas, que expresan así su posición contraria al modelo de Estado que, hoy por hoy acoge nuestra vigente Constitución.
Obviamente, son libres de hacerlo, como lo son de defender otra opción distinta. Nada que objetar en ese sentido. Otra cosa es el razonable sentido del respeto institucional que debería aconsejar la presencia, aunque fuese por «imperativo legal» y con «reserva mental». Así lo hacen, y con esas u otras fórmulas, para acceder a la condición de diputado, por ejemplo, cuando se constituyen las Cortes. Olvidan quizá que ese Parlamento en que se integran, tanto como la Corona, son instituciones igualmente constitucionales, en tanto esta Constitución no sea modificada. Igual que lo es el Gobierno de la Nación que es muy probable que contribuyan decisivamente a formar.