Confirman la pena de prisión por las sedaciones terminales

I.E. / Burgos
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El Tribunal Constitucional rechaza que se infringiese la garantía de imparcialidad judicial en la vista oral contra Huidobro y desestima que las pericias que pidió la Fiscalía antes de denunciar al doctor le causaran indefensión en el proceso

Juan Antonio Huidobro, en una de las sesiones del juicio que se celebró en 2018. - Foto: Alberto Rodrigo

El Tribunal Constitucional ha desestimado el recurso de casación del exjefe de Medicina Interna del HUBU, Juan Antonio Huidobro, quien fue condenado a tres años y siete meses de prisión por un delito de homicidio por imprudencia grave y otro de lesiones por el caso de las sedaciones irregulares practicadas en el hospital, destapado por Diario de Burgos.

La apelación que presentó la defensa del facultativo, ya jubilado, se basó en dos motivos de queja. El primero invocaba la lesión del derecho fundamental a un proceso con garantías, pues el demandante consideraba infringida «la garantía de imparcialidad judicial», al entender que en el interrogatorio a un perito de parte la jueza «exteriorizó un prejuicio que suponía reconocer su alineación con la posición procesal acusatoria». El segundo de ellos se fundaba en la supuesta «vulneración de los derechos a la tutela judicial efectiva y sin indefensión y a la presunción de inocencia».

La defensa del condenado cuestionaba «el valor probatorio de las pericias que encargó la Fiscalía y que sirvieron de fundamento para la presentación de la  posterior denuncia, en las que no constaba la versión completa de las historias clínicas de los pacientes».  Unas pruebas preconstituidas que consideraba «nulas» porque «no intervino ni el preinvestigado ni su abogado».

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