El TSJCyL ratifica 5 años de cárcel por prostituir a su hija

DB
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La Sala de lo Civil y Penal desestima el recurso de apelación y confirma también los cinco años de prisión para el compañero sentimental de la madre por corrupción de menores

El TSJ ratifica los 5 años de cárcel al prostituir a su hija - Foto: Luis López Araico

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha confirmado la sentencia de la Audiencia Provincial de Burgos que condenó en julio a cinco años de prisión a un hombre por corrupción de menores y otros cinco años a una mujer por inducción y favorecimiento de la prostitución de su hija, una menor de 16 años. 

La Sala de lo Civil y Penal del TSJCyL desestima el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de los acusados al entender que no se ha producido vulneración alguna del derecho de presunción de inocencia ni error en la valoración de la prueba por parte del tribunal sentenciador, pues existen pruebas suficientes de que los hechos ocurrieron tal y como se recogen en la sentencia de la Audiencia Provincial del 6 de julio de 2020. Contra esta confirmación cabe recurso de casación.

Los hechos ocurrieron durante los años 2017 y 2018, cuando la madre de la menor y su compañero sentimental convivieron en un domicilio del barrio de Gamonal. Él, que también ha sido condenado a cinco años de cárcel por corrupción de menores, le propuso a la madre tener relaciones sexuales con su hija o juntos los tres, a cambio de un precio. Con su móvil llevó a cabo numerosas proposiciones para obtener su finalidad, al tiempo que pedía que le enviaran vídeos o imágenes de la niña en posiciones eróticas.

Ante las reiteradas peticiones del hombre y el ofrecimiento de dinero, la acusada transmitió a su hija las proposiciones, al tiempo que negociaba las condiciones económicas con el procesado, tal y como consta en los mensajes telefónicos que recuperó la Policía Nacional en los móviles de ambos encausados. En ellos, el novio detallaba el dinero que les iba a dar por diferentes prácticas sexuales, entre los 20 y los 60 euros. No se ha demostrado que llegara a acostarse con el hombre.

Llegó un momento en que la menor le contó a una amiga y a su profesora la situación por la que estaba pasando, y finalmente a su padre, junto con el cual interpuso denuncia ante la Comisaría de Policía Nacional. La ratificó en el juzgado de instrucción, si bien en el acto del juicio se acogió a su derecho a no declarar en contra de su madre, y del otro acusado, por poder inculpar en forma indirecta a aquella, precisa la sentencia.

La Fiscalía solicitaba la condena de los acusados por nueve delitos de agresión sexual, pero de la prueba practicada la Audiencia entendió que no quedaba acreditado que hubiera contacto físico entre el individuo y la niña.

Sí que evidenciaba prueba contundente de que el hombre solicitaba servicios de carácter sexual a cambio de dinero sabiendo que la niña tenía menos de 16 años. Era a la madre a quien trasladaba las proposiciones y era ella la que transmitía a la menor los mensajes del acusado.

La mujer ya había sido condenada por hechos idénticos pero en los que el protagonista de las proposiciones era otro hombre con el que compartía su vida.