Condenan a Sacyl a medir el riesgo psicosocial por la covid

G.G.U. / Burgos
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El juzgado de lo Social número 2 también obliga a actualizar el análisis de riesgos de los centros de trabajo y la eficacia de las medidas preventivas, tras la denuncia de los sindicatos

La sentencia enfatiza que la pandemia ha introducido nuevos riesgos que deben tenerse en cuenta en las evaluaciones. - Foto: Alberto Rodrigo

La Consejería de Sanidad tendrá que hacer una evaluación del riesgo psicosocial derivado de la pandemia a «todos los profesionales» que trabajan «en las áreas de Atención Primaria y de los servicios de salud», así como a los de los «servicios especializados y hospitalarios del complejo asistencial de Burgos», según sentencia dictada por el juzgado de lo Social número 2 de la capital. El fallo, contra el que cabe recurso de suplicación, establece también que Sacyl debe actualizar las evaluaciones de riesgos de todos los servicios, «sanitarios y no sanitarios», tanto de los hospitales como de los centros de Atención Primaria y ha de hacerlo teniendo en cuenta «una específica evaluación de riesgos» de contagio por SARS-CoV-2, además de un análisis de «la eficacia de las medidas preventivas ante la covid».

La jueza, María de las Nieves Pérez, estima así la demanda presentada en 2021 por la federación de Sanidad y sectores sociosanitarios de CCOO, a la que en principio se sumaron CSIF, UGT, CESM, SATSE y la Junta de Personal del Área de Salud de Burgos [el comité de empresa de los trabajadores de Sacyl en la provincia], pero en la que solo CCOO y SATSE llegaron a juicio.

La sentencia se basa en los pronunciamientos del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León sobre esta materia, dado que CCOO ha presentado demandas similares en otras provincias de la Comunidad a lo largo de la pandemia. Y, así, el juzgado burgalés, en consonancia con la Sala de lo Social con sede en Burgos, enfatiza que aunque Sacyl había llevado a cabo evaluaciones de riesgos con anterioridad a la emergencia sanitaria y que, a pesar de las medidas adoptadas durante la crisis, «ninguna de las actuaciones llevadas a cabo se refiere a la realización de una específica evaluación de riesgos en relación con el contagio por covid-19 o a la adaptación de las existentes a la nueva realidad». Y en este último punto, la magistrada destaca que «el riesgo biológico de contagio» por SARS-CoV-2 «ha supuesto un cambio en las condiciones de trabajo que ha causado notorios daños para la salud de los profesionales de la sanidad». Y estas condiciones, añade, son las que, de acuerdo a la normativa vigente sobre protección de los trabajadores expuestos a agentes biológicos en el ejercicio de sus funciones, «obligaban a la empresa a evaluar nuevamente los puestos de trabajo afectados».

Sacyl detalló durante el proceso todas las medidas adoptadas e insistió en que se cumplía lo acordado en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, así como que se realizaron 52 evaluaciones psicosociales y que el Comité de Seguridad y Salud del Área de Burgos se reunió 3 veces en 2020 y otras 5 en 2021, pero la sentencia considera que «la entidad demandada incumplió sus obligaciones preventivas». 

Y, así, estima la demanda presentada por CCOO contra la Consejería de Sanidad y no solo se determina que se actualicen las evaluaciones de riesgos «de todos y cada uno de los servicios, centros y áreas, sanitarios y no sanitarios, de atención especializada y hospitalarios de todos los hospitales del Área de Salud de Burgos» y de «los diferentes servicios, centros y áreas de Atención Primaria», sino que se evalúe el riesgo psicosocial como consecuencia de la pandemia.