Una de las mujeres a las que juzgó la Audiencia por una serie de robos en Mamolar y en Contreras en 2015 fue absuelta y ahora una sentencia considera que es merecedora de una indemnización del Estado por importe de 7.440 euros, ya que permaneció en prisión provisional más de un año. La Audiencia Nacional estima que procede abonarle dicha compensación porque la sentencia que la absolvió «es firme». La acusada fue considerada inocente por no haberse acreditado evidencias contra ella y el fallo recuerda que antes de 2010 la doctrina del Supremo se mostraba contraria al resarcimiento económico en los casos de personas que habían sido absueltas debido a falta de pruebas suficientes.
Hasta que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos no condenó a España por dos veces por aplicar este principio jurisprudencial la Justicia no cambió el criterio. Fue el Tribunal Constitucional el que emitió un fallo en el que admitía que «no existe motivo para diferenciar entre absueltos por hechos que nunca existieron y absueltos por falta de pruebas». De manera que en la actualidad todo aquel declarado inocente que ha pasado por la cárcel tiene derecho a indemnización. En el caso de esta acusada por robo, la Audiencia Nacional le concede esos 7.440 euros por el tiempo que estuvo privada de libertad, pero le niega 20.000 euros solicitados por daños morales, otros 10.000 que reclamó por la repercusión mediática del caso y otros 8.000 de lucro cesante por la imposibilidad que tuvo de trabajar durante su estancia en prisión.
En aquelo juicio, celebrado en 2020, fueron procesadas otras tres personas -un hombre y tres mujeres-, aunque ninguna de ellas fueron los autores materiales de los asaltos, dos hombres violentos de origen búlgaro que no pudieron ser localizados para el juicio. Quienes sí lo fueron habían colaborado con ellos para preparar los robos, todos salvo la mujer absuelta, de iniciales P.T.L.
La Audiencia provincial condenó a E.V.B., I.D.D. y V.P.A. como autores de un robo con violencia en casa habitada a la pena de tres años y seis meses de prisión y a indemnizar de manera conjunta y solidaria a S.P. con 1.700 euros por las heridas físicas y psicológicas causadas. Por contra, les absolvió del otro asalto perpetrado en Contreras y también del delito de organización criminal.
Los hombres no juzgados acudieron el 15 de febrero de 2015 a una vivienda de Mamolar y le dieron una paliza a su deuño y se llevaron joyas, 3.700 euros y un teléfono móvil. Mientras, el resto de implicados les esperaron en un coche para huir tras el atraco. En la vista oral, la víctima relató la pesadilla que vivió aquel día y la dificultad que tuvo para recuperarse, tanto a nivel físico, como psicológico. En un robo con violencia en el que dos asaltan una casa y el resto espera en el exterior, todos los implicados son responsables. Lo dejó bien claro la sentencia de la Sección Primera de la Audiencia Provincial que condena a dos mujeres y un hombre por este delito a tres años y medio de prisión.
A las pocas horas del robo, una patrulla de la Guardia Civil detuvo a los cinco ladrones cerca de Coruña del Conde. En el interior del vehículo en el que viajaban encontraron el dinero, las joyas y el resto de enseres que habían sustraído en Mamolar. Este hecho y las declaraciones posteriores demuestran, para el juez, que efectivamente V.P.A. se encargó de pasar la información pertinente al resto de sus compinches para que pudieran llevar a cabo el asalto, y que el resto de los procesados contribuyeron en labores de vigilancia y también de huida.
El Ministerio Fiscal acusaba a todos ellos de otro robo de similares características que tuvo lugar en la localidad de Contreras un día antes. Dos hombres entraron en casa de F.R., le pusieron un cuchillo en el cuello y le dijeron que si no les daba todo el dinero que tuviera en el domicilio le matarían. De allí se llevaron 400 euros y un teléfono móvil.