El TSJ apoya la jubilación anticipada de un empleado municipal

J.M. / Burgos
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El fallo a favor de un trabajador del servicio de Deportes será extensible al resto de la plantilla del Ayuntamiento de Burgos

Sede del Servicio Municipalizado de Deportes en la avenida del Cid. - Foto: Jesús J. Matías

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León ha confirmado la sentencia dictada el pasado verano en primera instancia por el Juzgado de lo Social número 1 de Burgos en la que se reconoce el derecho a la jubilación parcial de un trabajador del Servicio Municipalizado de Deportes que la solicitó en octubre de 2021 y que desde entonces solo ha recibido la callada por respuesta y un recurso que solo ha servido para retrasar esta situación y, con ello, posponer el final de su vida laboral. 

La demanda impulsada por el Sindicato Obrero Independiente (SOI) se traduce en una sentencia que abre el camino a que otros trabajadores del servicio de Deportes y del Ayuntamiento vean reconocido su derecho a jubilarse anticipadamente sin tener que emplearse a fondo en un conflicto judicial.

Los magistrados del TSJ, que condenan en costas al Ayuntamiento de Burgos, relatan que existen «informes favorables del jefe de la sección administrativa del Servicio Municipalizado de Deportes relativos a cada propuesta» de este tipo que se recibía y en los que «se pone de manifiesto que los solicitantes cumplen con los requisitos para acceder a la jubilación parcial al 50% de la jornada».

Se detalla también que la petición que se realizó «se ajusta a los acuerdos establecidos al respecto por el propio Ayuntamiento demandado, existiendo, además, informe favorable para la misma» aunque no se haya emitido «resolución alguna accediendo o denegando» la solicitud. Dicho de otra manera, los magistrados afean al Consistorio que se haya «limitado a dejar transcurrir el tiempo en claro perjuicio de los intereses del actor, que así ve vulnerado su legítimo derecho, no discutido, a poder acceder a la jubilación solicitada».

Se detalla en el fallo que «nada se ha acreditado» por parte del Ayuntamiento «sobre que las contrataciones a realizar (es necesario incorporar a relevistas) no se ajusten a las disposiciones presupuestarias» por lo que el argumento que podría tener el Consistorio para no llevar a cabo las jubilaciones parciales no se da (...).

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