La suspensión de la feria taurina no podrá sancionarse en el Consistorio

N.L.V / Aranda
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La Comisión de Festejos respaldó por unanimidad trasladarlo a los tribunales tras estudiar un informe jurídico que descarta que Ricor pueda ser multada por la vía administrativa

Para construir la plaza cubierta se enajenaron en 2003 los terrenos sobre los que se levantaba la antigua ‘Chata’. - Foto: diariodeburgos.es

El Ayuntamiento llevará a la vía judicial la suspensión de la feria taurina en honor a la Virgen de las Viñas de las pasadas fiestas patronales. Una decisión adoptada ayer por unanimidad en la Comisión de Juventud y Festejos, a propuesta del concejal de Unión, Progreso y Democracia, Javier Ávila, después de estudiar el informe del Oficial Letrado Mayor que rechaza que la empresa adjudicataria, Toros Ricor, pueda ser sancionada en la vía administrativa por este hecho ya que ni en el pliego de condiciones que rigió la enajenación de los terrenos en los que se levantan estas instalaciones ni en el contrato formalizado posteriormente con la adjudicataria, se contempla esta posibilidad. Sin embargo,sí que respalda que el Consistorio pueda ejercitar la facultad de resolver el contrato, previa constatación del órgano de contratación, del incumplimiento de las obligaciones del propietario del coso.

En su argumentación, el responsable de los Servicios Jurídicos municipales, que había sido nombrado instructor del expediente sancionador que se acordó incoar el 23 de agosto, tras comprobar que ni se habían presentado los carteles ni se había depositado la fianza obligatoria, reconoce que el artículo 118 de la Ley de Contratos del Sector Público determina que los órganos de contratación podrán establecer condiciones especiales en relación a la ejecución del contrato así como penalidades «que han de incluirse en el pliego o en el contrato».

Sin embargo, continúa, tras haber analizado el pliego de condiciones que rigió la enajenación de los terrenos donde se levanta el coso y el contrato formalizado una vez se resolvió dicha licitación a favor de Toros Ricor, se considera que en él no se incluyen de forma expresa sanciones por el cumplimiento defectuoso, ni por demora en el cumplimiento, «por lo que en atención al principio de legalidad de la actuación administrativa en materia sancionadora, no podrá ejercitarse dicha potestad sancionadora contra el adjudicatario de la plaza de toros», arguye.

Por todo ello, propone que se deje sin efecto el acuerdo de la Junta de Gobierno Local del 23 de agosto por el que se acordó el inicio del expediente sancionador a Toros Ricor. No obstante, puntualiza que todo ello no impide que el Consistorio acuerde ejercitar la facultad de resolver el contrato.