64.000 euros para una mujer por un DIU que le dañó un ovario

I.E.
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Sacyl deberá pagarle esa cantidad después de que el centro de orientación familiar de Atención Primaria se lo colocara y le causara una peritonitis de la que fue operada. Tiene limitada su capacidad de concebir

Tras acudir a Urgencias fue operada dos veces en el Hospital Universitario. - Foto: Luis López Araico

El Tribunal Superior de Justicia ha reconocido el derecho de una burgalesa de 31 años a ser indemnizada con 64.000 euros por la asistencia sanitaria «negligente» que sufrió en el centro de orientación familiar del Servicio de Atención a la Mujer de la Gerencia de Atención Primaria de Burgos. Como consecuencia de la colocación de un DIU -un método anticonceptivo- en septiembre de 2014 padeció «fuertes sangrados y dolores abdominales», pero en la exploración que tres meses después le hizo su ginecóloga no apreció «sintomatología valorable».

En la ecografía «no se detectaron abscesos ni otras anomalías», la prueba de imagen era «compatible con la normalidad». Sin embargo, tres días más tarde tuvo que ser sometida a dos operaciones quirúrgicas en las que le extirparon una trompa de falopio, con lo que quedó limitada su capacidad de concebir. La afectada presentó una solicitud de reclamación patrimonial ante Sacyl, que admitió la actuación dañosa, pero fijó una indemnización de solo 5.913 euros para la mujer, cuando esta exigía un montante global de 120.000.

La respuesta al recurso que presentó la perjudicada ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJ de Burgos se limita por tanto cuantificación de la compensación económica, ya que la resolución de la Administración ya «reconocía la existencia de un defectuoso funcionamiento del sistema de salud pública, con un resultado dañoso que la recurrente no tenía por qué soportar».

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