Los errores que condenaron a Katir

David Ramiro (EFE)
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El atleta, de 26 años, estará dos años sin competir debido a una sanción por fallos de localización en controles antidopaje que le harán perderse algunas citas clave

Los errores que condenaron a Katir - Foto: Kai FORSTERLING

Mohamed Katir, subcampeón del mundo de 5.000 metros, fue suspendido dos años por la Unidad de Integridad del Atletismo el pasado viernes debido a una infracción derivada de tres fallos de localización en los últimos 12 meses, algo que el atleta ha acatado asegurando que son «errores graves» y que la propia unidad desveló en un ejercicio de transparencia.

Los fallos se remiten a tres ocasiones en las que el competidor no pudo ser localizado para someterse a un control antidopaje. El atleta español los atribuye a errores al cumplimentar los datos para su localización en la plataforma creada al efecto, ADAMS.

Primer fallo

El 28 de febrero de 2023, a las 20,10 horas, un agente de Control Antidopaje (ACA) acudió a su domicilio en Mula (Murcia), que en la información sobre el paradero del deportista se indicaba que era su lugar de pernoctación para esa fecha. En su casa se entrevistó con el padre de este, que informó al organismo de que no se encontraba allí porque había viajado recientemente a Portugal.

El ACA llamó al atleta, que confirmó que estaba en Lisboa por unos días y que regresaría a España el 2 de marzo, fecha en la que la AIU notificó al atleta un aparente incumplimiento de la obligación de presentar la documentación el 28 de febrero y le pidió explicaciones al respecto.

El 9 de marzo de 2023, Katir presentó a la AIU sus argumentos sobre el incumplimiento de presentación. Afirmó que había estado presente en el domicilio durante su franja horaria de 60 minutos (de siete a ocho de la mañana) pero que después de las 08,30 horas de ese día recibió una llamada de su novia pidiéndole que fuera a visitarla porque se encontraba mal e inmediatamente tomó un vuelo a Lisboa y actualizó su información de localización de cara al día siguiente para reflejar así su estancia en el país luso.

El 29 de marzo, tras repetidas solicitudes de la unidad, los días 22 y 28 de marzo, se envió copia de su confirmación de reserva del vuelo el 28 de febrero. Según dicha confirmación, cuando finalmente se recibió, el vuelo se había reservado el 26, es decir, dos días antes de la salida del deportista y no el 28 de febrero como se había explicado anteriormente.

Por consiguiente, el 31 de marzo, la AIU confirmó el incumplimiento de la obligación de presentar un expediente contra el deportista con efecto y se le concedió el derecho a solicitar una revisión administrativa. No se recibió ninguna solicitud antes del 14 de abril y, por tanto, se registró un primer incumplimiento.

Segundo fallo

El 3 de abril de 2023 un ACA acudió al lugar donde el deportista indicó que estaría en un tramo de 60 minutos entre las 19,50 y 20,50. El agente llegó al hogar al comienzo de la franja horaria y se encontró con el padre de Katir, que informó de que su hijo no se encontraba en el domicilio porque estaba en Francia.

El ACA llamó al atleta, que confirmó que se encontraba allí. La AIU notificó el fallo de localización y solicitó su explicación a más tardar el 20 de abril. En su declaración, el atleta afirmó que había intentado actualizar su información sobre su paradero a través de ADAMS para indicar que estaría en Font Romeu, pero «la APP y el sistema no funcionaban», por lo que envió un correo electrónico a ADAMS para indicar su dirección. De esos días solo pudo actualizar la fecha del 3 de abril.

El 28 de abril, tras revisar la explicación del español, la AIU confirmó un incumplimiento de localización, explicando que los atletas cuentan con un correo electrónico al que reportar problemas técnicos de la aplicación ADAMS y enviar ahí su localización.

En ese sentido, Katir envió un 'mail' a la dirección de la aplicación, que mandó una respuesta automática en la que decía que debía escribir a la unidad, algo que finalmente no llegó a hacer pese a tener dos semanas de plazo para recurrir la decisión emitida por el organismo.

Tercer fallo

 El 10 de octubre, el corredor debía estar entre las 19,20 y las 20,20 en su casa de Mula. De nuevo, el agente de la IAU se encontró con su padre, que le dijo que estaba entrenando a media hora de allí. Intentaron contactar por teléfono con él, pero no lo consiguieron.

El atleta murciano explicó en un escrito 17 días después que en esa franja horaria suele entrenar y que le extrañaba que fuera la que estaba registrada en la aplicación. Adjuntó dos pantallazos mostrando que la franja horaria elegida era entre las 07,00 y las 08,00 horas de la mañana. AIU comprobó que el 29 de septiembre, el atleta había registrado su franja horaria entre las 19,20 y las 20,20 para ese día y para todos los de octubre, noviembre y diciembre.

Además, según la unidad, esa misma noche del último fallo, Katir cambió su franja horaria de 19,20 a 20,20 a 07,00 a 08,00 para ese mismo día, cuando la hora ya había pasado.

El atleta pudo recurrir hasta el 26 de diciembre. No lo hizo y el 7 de febrero de este 2024 recibió la notificación oficial de la sanción provisional. Nueve días después, la multa se hizo oficial y el deportista, pese a poder recurrir ante la propia AIU y el Tribunal de Arbitraje Deportivo, optó por aceptar y asumir el castigo.

Explicando este caso, la propia Unidad de Integridad del Atletismo emitió un comunicado en el que se recalca la importancia de seguir a rajatabla los protocolos.

«Es un requisito crucial al que todos los deportistas deben adherirse. Sin información precisa de paradero, las organizaciones antidopaje no pueden ejecutar adecuadamente las pruebas fuera de competición», subraya.

La suspensión frena por completo la trayectoria de Katir. Esta temporada tenía marcado en rojo en su calendario los Juegos Olímpicos de París, en agosto, y antes, en junio, los Europeos de Roma. El año que viene tampoco podrá estar en los Mundiales de pista cubierta de Nanjing (China) ni en los Campeonatos del Mundo al aire libre de Tokio.