Obligan al Consistorio a readmitir a un jefe cesado en Cultura

I.E. / Burgos
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El alto funcionario regresó a su puesto en la Junta, pero el TSJ advierte de que si pide su readmisión el Ayuntamiento de Burgos debe hacerle hueco en un puesto de la misma categoría

Un instante de la Noche Blanca de 2023, organizada por Cultura. - Foto: Alberto Rodrigo

En la casa de los líos en que se ha convertido el área de Cultura municipal no ganan para disgustos. El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) acaba de confirmar una sentencia que obliga al Ayuntamiento a readmitir a un alto funcionario a quien cesó y a quien envió de nuevo a la Administración de la que procedía -la Junta- tras ocupar su plaza un compañero en un concurso de méritos. Carlos Javier Álvarez, que había ejercido muchos años como jefe de Licencias -desde la época de Juan Carlos Aparicio- pasó a desempeñar en 2019 su labor como jefe de sección del Instituto Municipal de Cultura (IMC), un puesto en el que no duró demasiado tiempo. En febrero del pasado año, y tras un concurso de méritos convocado por el propio Consistorio, la plaza fue adjudicada de manera definitiva a quien hoy aún la ocupa, Ricardo Martín.

Tras la resolución del proceso de selección el área de Personal comunicó a Álvarez que de forma automática dejaba de prestar servicio en el Consistorio de la capital y le instaba a solicitar su reingreso en la Administración de la que era originalmente funcionario, el Gobierno regional. Tras su cese, este empleado público presentó un recurso contencioso administrativo contra la decisión municipal, un pleito que ganó en primera instancia y que ahora confirma el TSJ. Ambos fallos condenan al Ayuntamiento a que, «con efectos económicos y administrativos desde su cese, readmita al alto funcionario y se le asigne un puesto de trabajo compatible con el Cuerpo al que pertenecía». Es decir, si pide su reingreso en el Consistorio -ahora está en la Dirección Provincial de Educación- la Administración local debe readmitirlo en una plaza de una categoría idéntica a la de jefe de sección, aunque no tiene por qué ser en Cultura. Asimismo, deberá abonar la diferencia entre el salario percibido en la Junta y el que hubiera cobrado en el Ayuntamiento si aquel fuera menor, según señala la sentencia.

En resumen, el TSJ advierte de que cuando en 2009 este funcionario pasó al Ayuntamiento tras un procedimiento de libre designación estaba vigente el Estatuto Básico del Empleado Público de 2007, «que establecía que en el supuesto de que su plaza fuera adjudicada a otro funcionario él permanecería en el Ayuntamiento de Burgos, que debería asignarle un puesto de trabajo conforme a los sistemas de carrera y provisión de puestos vigentes en el Consistorio». Es decir, nunca debió salir de la Administración local.