Desestimadas otras dos peticiones de sanción contra Carriedo

SPC
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La Junta Electoral le recuerda que debe "extremar la diligencia" para no vulnerar la Loreg

Desestimadas otras dos peticiones de sanción contra Carriedo - Foto: Rubn Cacho ICAL

La Junta Electoral Central ha vuelto a desestimar otras dos peticiones de sanción del PSOE contra el portavoz de la Junta, Carlos Fernández Carriedo, por sus manifestaciones tras las ruedas de prensa del Consejo de Gobierno al considerar que existe una "inconsistencia material de la solicitud, dado que no se acreditan infracciones concretas que la fundamentan", según la resolución a la que ha tenido acceso la agencia Ical. No obstante, y referido a unas manifestaciones realizadas el 13 de abril, aunque señala que no procede incoar expediente sancionador alguno si le recuerda "su deber de extremar la diligencia para evitar que en el futuro se produzcan nuevas vulneraciones del principio de neutralidad institucional". Este recordatorio también se hace extensivo al consejero de Medio Ambiente, Juan Carlos Suárez-Quiñones, también denunciado y sobre el que tampoco se considera procedente abrir expediente sancionador alguno. 

Las denuncias del PSOE se refieren a las comunicaciones realizadas después de los Consejos de Gobierno de los días 4 y 13 de abril. En el primer caso, iban dirigidas contra el portavoz de la Junta y contra el director de Comunicación, Julio López. En ambos casos, la Junta Electoral utilizó para desestimar tanto la denuncia como la solicitud de sanciones el argumento que ya utilizara para rechazar el recurso contra las manifestaciones referidas al Consejo de Gobierno del 4 de mayo: las declaraciones realizadas por el portavoz de la Junta tienen un "grado de contención que resulta suficiente para concluir que no se ha producido vulneración del principio de neutralidad institucional que resulta exigible a toda autoridad pública en el curso de sus intervenciones institucionales", según figura en la resolución conocida por Ical.

También, respecto a las notas de prensa, concluye que "suministra información objetiva" y que las "mínimas alusiones" que se explicitan en ellas no "contaminan" las publicaciones "convirtiéndolas en una campaña de logros". Por ello, determina que no procede adoptar medida alguna ni contra el portavoz ni contra el responsable de Comunicación del Ejecutivo autonómico y desestimar la petición de sanciones por "la inconsistencia material de la solicitud, dado que no se acreditan infracciones concretas que la fundamenten".

13 de abril

Ante una nueva denuncia similar a las anteriores interpuesta por el PSOE y referida al Consejo de Gobierno del 13 de abril, la Junta Electoral vuelve a rechazar con el mismo argumento la incoación de un expediente sancionador al Gobierno de Castilla y León y desestima la denuncia contra el director de Comunicación de la Junta por el dossier informativo entregado al considerar que "suministra información objetiva y que la existencia de algunas "alusiones aisladas" no contamina gravemente dicha publicación.

Sin embargo, en este caso, estima parcialmente el recurso socialista en lo referido a las declaraciones del consejero de Medio Ambiente, Juan Carlos Suárez-Quiñones, y de Carlos Fernández Carriedo. En el primer caso, reconoce que se quebranta el principio de de neutralidad institucional ya que efectúa valoraciones y apreciaciones críticas sobre el Gobierno central "que transmiten siquiera indirectamente la idea de ineficacia y demérito que el electorado fácilmente conectará con la opción política que se encuentra al frente de la actuación administrativa criticada".

No obstante, la Junta Electoral entiende que este hecho "carece de entidad suficiente" para adoptar medida alguna salvo recordar al consejero que durante el periodo electoral debe "extremar su diligencia para evitar efectuar apreciaciones valorativas que, aunque sea indirectamente, transmitan una imagen de demérito de otras formaciones políticas".

En el caso de Carlos Fernández Carriedo también estima parcialmente el recurso ya que entiende que algunos mensajes sobre gasto sanitario, el bono de alquiler joven y las energías renovables "excedieron el contenido propio de un acto institucional" en la medida de que "resulta lógico inferir un mensaje encaminado a promover en sus destinatarios una valoración favorable de la gestión del Gobierno autonómico", exaltando los logros resultantes y, por lo tanto, con "connotaciones electoralistas".

No obstante, la Junta Electoral entiende que no procede la incoación de un expediente sancionador aunque considera necesario recordar al portavoz "su deber de extremar la diligencia para evitar que en el futuro se produzcan nuevas vulneraciones del principio de neutralidad institucional".