Condenan a los promotores de Algas a un año de cárcel

A.C. / Villarcayo
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La Audiencia reduce al mínimo la pena, por lo que no entrarán en prisión, y las peticiones económicas de la acusación, al responsabilizarles solo del delito de apropiación indebida y descartar el de estafa

Un momento de la vista en la Audiencia Provincial contra los socios de Promociones Algas, que se celebró en marzo. - Foto: Valdivielso

La Audiencia Provincial ha reducido sustancialmente las penas de 7 años de prisión que solicitaba la Fiscalía a los tres socios de Promociones Algas 5, S.L., y ha condenado a J.D.O., M.A.G. y R.A.G. únicamente por un delito de apropiación indebida a un año de prisión y una multa de 3.600 euros a cada uno. Además, y para responder de la responsabilidad civil, los tres acusados deberán devolver de forma conjunta 30.000 euros a cada uno de los dos matrimonios que adquirieron sus viviendas en Villarcayo y presentaron la denuncia contra ellos. Nuevamente, estas cantidades están muy por debajo de los 202.709 euros que reclamó una de las parejas, los 134.810 euros, que exigía la otra y los 91.985 que reclamaba una tercera compradora que no percibirá cantidad alguna. La explicación radica en parte en que los magistrados descartan que los socios hayan cometido una estafa.

Basan esta última decisión en que, «si bien la actuación de los acusados implicó numerosas irregularidades, no se realizó con el propósito de engañar a los compradores, desprendiéndose que su intención inicial era la construcción de las viviendas, ejecutándolas en un 80% aproximadamente». Mientras, en el trámite de conclusiones definitivas del juicio celebrado en marzo, la acusación particular retiró la imputación por insolvencia punible que sostenía respecto de las esposas de los tres socios y la Fiscalía no acusó, por lo que han sido absueltas.

Los hechos se remontan a los años 2006, 2007 y 2008, en pleno boom y caída del ladrillo. Fue en 2005 cuando la constructora y la promotora de los condenados proyectó doce unifamiliares en Villarcayo para cuya ejecución solicitó en 2006 un préstamo hipotecario a Caja Círculo de 2,1 millones. Según se iba certificando la obra, el banco lo iba abonando. La promotora llegó a ingresar 1,8 millones del préstamo, pero también elevadas cantidades de los denunciantes.

El primer matrimonio entregó a la sociedad 201.663 euros, pero lo que exigía en este juicio eran otros 169.484 euros que abonó a Caja Círculo para zanjar la parte del préstamo hipotecario de la promotora que correspondía a su vivienda, cuando Algas entró en concurso de acreedores. De no haberlo hecho, la entidad se hubiera quedado con la casa y ellos hubieran perdido lo adelantado a la promotora. Los 201.663 euros entregados a cuenta al promotor se suponía que estaban avalados por un seguro de Caja Círculo, según el contrato de compraventa, pero nunca existió el seguro, lo que motivó la demanda por estafa, que la Audiencia rechaza. El segundo matrimonio pagó 150.194 euros a la promotora y 112.005 por el préstamo de Caja Círculo. A esto hay que añadirle en los dos casos entre 20.000 y 30.000 euros para acabar las casas. La tercera denunciante les entregó 150.194 euros y satisfizo otros 69.120 de préstamo más 22.865 para acabar la obra.

Escrituras. Pero los magistrados solo consideran un delito de apropiación indebida los últimos 30.000 euros entregados por los dos matrimonios a la promotora ya en 2008 con el fin de formalizar las escrituras. La tercera denunciante se negó a pagarlos. La sentencia dice que los promotores «se han apropiado indebidamente de la cantidad total de 60.000 euros, que no fue destinada a la construcción ya paralizada, puesto que se entregó cuando ya se estaba preparando el concurso de acreedores y se había cortado la financiación bancaria y paralizado las obras»