La Ordenanza de Chamizos dará una moratoria antes de sancionar

J.M.
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El Ayuntamiento dará un año de plazo para que los locales se adapten a la nueva normativa, que el Ejecutivo calcula que se aprobará definitivamente tras el verano

La Ordenanza de Chamizos dará una moratoria antes de sancionar - Foto: Patricia

El concejal de Licencias, Miguel Balbás, ha presentado esta mañana la futura Ordenanza de Chamizos, cuyo objetivo, según ha manifestado, es garantizar la seguridad de estos locales y de sus inquilinos y el descanso de los vecinos.

Balbás ha detallado que el 19 de julio se votará el texto en la Comisión de Licencias y ese misma semana, si no es la siguiente, se aprobará por la Junta de Gobierno. A partir de ahí deberá de ser refrenda en dos ocasiones en el Pleno. La primera de ellas para su aprobación inicial, tras el que se abrirá un plazo de 30 días para la presentación de alegaciones, y la segunda para su aprobación definitiva.

A efectos prácticos deberá de pasar un año para que se aplique el régimen sancionador ya que se ha incluido una disposición transitoria que da un plazo de un año para adaptarse a la normativa.

Los locales de este tipo (en los que se incluyen a las peñas, sociedades gastronómicas, culturales...) deberán de inscribirse en un registro para obtener una autorización que tendrá dos años de vigencia.

En los entornos de la Catedral, del Museo de la Evolución Humana (MEH) y del Monasterio de las Huelgas no se permitirá que existan dos locales de este tipo a menos de 50 metros. En el resto de la ciudad ese límite ese eleva hasta los 100 y desaparece para los locales de ensayo musical ubicados en polígonos industriales.

Si dos locales coincidieran en una distancia inferior, tendrá prioridad quien primero consiga la autorización.

Los locales, tal y como ha apuntado, no podrán tener una superficie de más de 200 metros cuadrados y solo podrán disponer de cocina quienes dispongan de una salida de humos al exterior. Del mismo modo, deberán de presentar un certificado en el que se verifique que están aislados acústicamente, si bien se exonera de esta obligación a los locales de ensayo en naves nido que se utilicen en horario restringido (a partir de las 8 de la tarde).

El horario de los chamizos será de 9 de la mañana a 10 de la noche, pudiendo alargarse hasta las tres de la madrugada en la madrugada del viernes, del sábado y de las vísperas de festivo. Podrá incrementarse también en caso de acuerdo expreso con la comunidad de propietarios donde se encuentre el local.

Las sanciones leves no sobrepasarán los 300 euros, mientras que las muy graves llegarán hasta los 6.000.