El juzgado se inhibe en el 'pucherazo' de Ciudadanos

H.J.
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Los denunciantes ya lo han recurrido y reclaman que permanezca en Burgos o se traslade a Madrid puesto que la sede nacional era la que controlaba la votación telemática

El procurador José Ignacio Delgado saluda a Silvia Clemente durante la campaña de las primarias de 2019 - Foto: ALBERTO RODRIGO

El Juzgado de Instrucción número 4 ha emitido un auto en el que se inhibe de la investigación del presunto pucherazo en las primarias de Ciudadanos en Castilla y León de marzo de 2019 y propone que sea otro tribunal de Valladolid, "el que por turno le corresponda", quien afronte este caso que llevaron ante los tribunales varios afiliados de la formación naranja.

Los denunciantes defienden que en aquellas elecciones internas que ganó Francisco Igea, y de las que primeramente se dio como ganadora a la exconsejera Silvia Clemente, la otra candidata a dirigir Ciudadanos en Castilla y León, hubo "claros indicios de criminalidad" por sendos delitos de falsedad documental, corrupción entre particulares, suplantación de identidad, daños y revelación de secretos.

El caso ya fue denunciado de forma anónima ante la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Valladolid, que lo archivó a principios de marzo, pero poco antes de que esto ocurriera los afiliados de Burgos abrieron otra vía judicial. Sin embargo, por ahora la jueza burgalesa encargada de instruirlo, y tras darle traslado al Ministerio Fiscal que emitió un informe en el mismo sentido, quieren inhibirse y traspasar la responsabilidad de nuevo a la capital autonómica, aunque en este caso a otro juzgado.

Recuerda la magistrada que Ciudadanos tiene localizada la sede regional en el partido judicial de Valladolid y que allí se centralizó también el proceso de elección de candidatos a las primarias a la presidencia de la Comunidad Autónoma, por lo que a su juicio la competencia territorial no corresponde a Burgos con el fin de asegurar "la optimización del curso de la investigación penal".

La decisión fechada a finales de abril, a la que ha tenido acceso este periódico, fue recurrida en el plazo de tres días por los denunciantes, que no quieren dejarlo en manos de un juzgado vallisoletano. Aunque la instructora apela a la eficacia de la instrucción en el caso de los delitos informáticos, puesto que a su juicio debe ser competente "el juez del lugar donde radique el centro de las actividades criminales y en el que se fraguaron los distintos delitos y se cursaron órdenes y datos para su realización", los afiliados de Ciudadanos de Burgos recuerdan que todavía no se ha averiguado exactamente el lugar en el que se han cometido los delitos.

Por eso, sostienen que según la "teoría de la ubicuidad" habría que aplicar la competencia territorial atendiendo no al sitio de la acción sino al del resultado, que fue toda Castilla y León aunque solo un grupo de afiliados burgaleses lo ha denunciado. Fue de esta provincia de donde partió la voz de alarma cuando se dieron cuenta de que los resultados de las votaciones telemáticas no cuadraban, pues la cifra total de sufragios emitidos no coincidía con la suma de los recibidos por cada candidato. El partido tuvo que reconocer las irregularidades, anuló 82 votos y acabó dando por ganador a Igea (que a la postre se convertiría en vicepresidente de la Junta) en lugar de Clemente.

El recurso defiende que podría ser competente cualquier tribunal que haya tenido noticia del delito mientras se aclara dónde ha ocurrido "evitando así dilaciones indebidas en la tramitación de la causa", por ejemplo el de Burgos.

Alternativa madrileña. Por si este argumento no convence a quien ya se ha manifestado en favor de inhibirse, recuerda que la investigación policial podría tener éxito "donde se han realizado elementos del delito, donde puede operarse sobre los ordenadores informáticos y donde, en definitiva, la instrucción puede ser eficaz", algo que en el caso que nos ocupa se realizó a través de la plataforma de votación telemática puesta a disposición de los afiliados.

El sistema fue organizado por la Dirección de Sistemas de Información del partido, la Comisión de Garantías es el órgano que fiscaliza los procesos electorales internos y tanto la dirección nacional como su domicilio se encuentran en Madrid, así que los recurrentes consideran que "resultaría más acertado establecer como competentes para el conocimiento de la presente causa al juez de instrucción que por turno corresponda de esta ciudad" de forma subsidiaria, puesto que Valladolid no centralizó el proceso de elección de candidatos como tampoco lo hizo Burgos.

En los próximos días el Juzgado de Instrucción número 4 tendrá que pronunciarse sobre este recurso de apelación y confirmar si lo traslada a la capital pucelana como pretende, si se queda con el caso o lo deriva a Madrid, lo que a buen seguro retrasaría su resolución.