Confirman 14 años de cárcel por abusar de una menor

F.L.D.
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El TSJCyL desestima el recurso presentado por el ahora condenado, el cual también obligó a prostituirse a la niña de 16 años, según confirma la sentencia

El Palacio de Justicia de Burgos, sede del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León. - Foto: Luis López Araico

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha desestimado el recurso presentado por S.S.A. y ha confirmado una sentencia previa de la Audiencia Provincial que le condenaba a 10 años de prisión por abuso sexual continuado hacia una menor de 16 años y otros 4 por un delito de prostitución y corrupción de menores. 

La primera sentencia consideró probado que S.S.A., que en el momento en el que cometió el delito tenía 21 años, mantuvo una relación sentimental con la menor, que presentaba una madurez inferior de una niña de 12 o 13 años debido a su situación de vulnerabilidad debido a carencias afectivas en su infancia. Durante ese periodo mantuvo relaciones sexuales en repetidas ocasiones y posteriormente la obligó a prostituirse en hostal de la ciudad bajo la promesa de conseguir dinero para poder fugarse del centro de menores en el que residía. 

El juzgado de Instrucción Número 4 dictó en su día un auto de protección de la menor que prohibía a S.S.A. a aproximarse a la menor, a su domicilio, al lugar de trabajo de estudio a una distancia inferior a los 500 metros, así como comunicarse con ella por cualquier medio o procedimiento, oral, visual o escrito, durante la tramitación del procedimiento judicial. Sin embargo, pocos días después una patrulla de la Policía Nacional les encontró juntos y la menor se escapó varias veces del centro. 

Por ello, la primera sentencia de la Audiencia Provincial también le imponía una pena de 6 meses de prisión por quebrantamiento de condena. Asimismo, le obligaba a mantnerse alejado de la menor a una distancia de más de 500 metros y la imposibilidad de comunicarse con ella durante un periodo de 20 años. Por otro lado, debía indemnizar a la menor con 6.000 años en concepto de daños morales. 

Todo ello fue recurrido por su defensa, que solicitó la revocación de la sentencia recurrida y que, en su lugar, se acuerde la absolución del recurrente por el delito continuado de abuso sexual con penetración vaginal a menor de 16 años y del de prostitución y corrupción de menores, condenándole como autor de un delito continuado de abuso sexual a menor de 16 años, a la pena de 4 años de prisión. Del mismo modo, alegó los motivos de infracción del derecho a la presunción de inocencia y error en la valoración de la prueba; e igualmente, improcedencia de la indemnización señalada en favor de la víctima por daños morales o, subsidiariamente, desproporción de la misma.

Ahora, el TSJCyL considera probado todos hechos que relataba la primera sentencia y confirma todas y cada una de las penas que se le impuso al ahora condenado. Sobre esta decisión judicial cabe recurso de casación en la Sala Segunda del Tribunal Supremo.