El alcalde de Villarcayo, juzgado por posible prevaricación

A.C. / Villarcayo
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La Audiencia ha desestimado su recurso y ve indicios de un delito por el pago de ayudas sin acuerdo 'oficial'

Adrián Serna, de Iniciativa Merindades, es alcalde de Villarcayo desde enero de 2017. - Foto: Jesús J. Matías

El baile de documentos que se vivió en el Ayuntamiento de Villarcayo en los primeros meses de 2017, una vez que Adrián Serna tomó posesión de su cargo como nuevo alcalde tras la moción de censura que desbancó al gobierno Ciudadanos-PSOE, va a tener consecuencias judiciales. La Audiencia Provincial ha desestimado el recurso de apelación presentado en 2019 por el regidor villarcayés al ver «indicios racionales de criminalidad con respecto a un delito de prevaricación», como ya argumentó hace dos años el Juzgado instructor para solicitar al fiscal y las partes que presentaran sus escritos de acusación y defensa y pidieran la apertura de juicio oral, antesala del juicio que sentará a Serna en el banquillo.

El 22 de diciembre de 2016 los ediles del PP e Iniciativa Merindades registraron su moción de censura en las oficinas municipales por la mañana. Esa misma tarde se celebró la última junta de gobierno del equipo Cs-PSOE. Adrián Serna tomó posesión como nuevo alcalde el 10 de enero de 2017 y en su recurso de apelación argumenta que se encontró con «hasta tres versiones distintas del mismo acta» de la junta de gobierno del 22 de diciembre. Pero en cualquier caso, tomó por válida un acta que el Juzgado de Villarcayo califica de «borrador» y que se encontraba en el departamento de contabilidad.

En ese borrador se indicaba que el grupo de gobierno había adoptado el  acuerdo de conceder ayudas a cinco empresas de la villa, en base a la convocatoria municipal destinada a la renovación, reforma y apertura de locales comerciales y citaba sus cuantías. Serna autorizó el 2 de marzo, apenas dos meses después de llegar a su cargo, las transferencias por un valor total de 26.825 euros. Pero el Juzgado de Villarcayo considera válida el acta que fue enviada por la secretaria al correo electrónico gobiernomunicipal@villarcayo.org el 9 de marzo de 2017.  En ella había desaparecido cualquier punto relativo a las ayudas. Aún hubo una tercera acta, también sin ayudas, que firmaron la exsecretaria y exalcalde, Miguel de Lucio, el 16 de abril de 2017.

La Audiencia Provincial en su auto relata como Serna achaca lo ocurrido a la «caótica gestión administrativa de la documentación y ejecución de acuerdos municipales». Asimismo, añadió en su recurso que «la secretaria interventora tiene funciones de control y fiscalización interna de la gestión económico-financiera del Ayuntamiento de Villarcayo... incumbiéndola la intervención formal de la ordenación del pago y de su realización material». También señaló que fue la secretaria «la que autorizó el pago de las subvenciones que figuraban como aprobadas en el borrador».

Sin embargo, Miguel de Lucio mantuvo ante la jueza de Villarcayo, como indica la Audiencia, que el 21 de diciembre, la víspera de la junta de gobierno, acabó el plazo de solicitud de las ayudas y «no se acordó nada puesto que la secretaria dijo que faltaban requisitos administrativos». Tanto De Lucio como la exedil socialista Lidia Isla, quienes denunciaron a Serna por estas ayudas, insistieron en negar que se aprobaran aquel día las subvenciones. 

no se acordaba. La exsecretaria municipal dijo no recordar si se habían aprobado o no las ayudas en aquella junta de gobierno, aunque afirmó que «el acuerdo de las subvenciones está tomado, pero sin recordar en qué junta fue».

Un informe pericial ordenado por el Juzgado de Villarcayo observó además como uno de los beneficiarios de una ayuda de 10.000 euros solo debía de haber cobrado 1.088;otra que recibió también 10.000 debería haber percibido 7.780; y una de las beneficiarias de una ayuda de 303 euros presentó su solicitud fuera de plazo;mientras otra más «ni siquiera consta ningún tipo de documentación aportada» y recibió 3.830 euros.

Así pues, la Audiencia señala que la resolución del Juzgado de Villarcayo de 2019 «no puede ser tachada de arbitraria, caprichosa o notoriamente infundada, porque viene a poner de manifiesto la existencia de un borrador y de actas en relación con la junta de gobierno con un contenido discrepante entre ellas». Concluye que «no corresponde a este momento procesal afirmar que estamos ante meras irregularidades administrativas; ni determinar si se adoptó o no en la controvertida junta de gobierno el acuerdo, sino que ello corresponderá determinarlo al órgano judicial tras el acto de juicio».