6 encausados por la intoxicación mortal de Villafruela

I. ELICES
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La magistrada del Juzgado de Lerma afea a 3 directivos y a 3 operarios que no realizaran pruebas para observar si se filtraban gases entre las casas. Un matrimonio murió en 2017 por inhalar fosfina contra la carcoma

6 encausados por la intoxicación mortal de Villafuela - Foto: Alberto Rodrigo

El Juzgado de Instrucción y Primera Instancia de Lerma ha dictado el auto por el que encausa a tres operarios y tres directivos de la empresa fumigadora de un domicilio de Villafruela cuyos trabajos provocaron la intoxicación y muerte por fosfina de un matrimonio que vivía en la misma manzana. En la transformación de las diligencias en procedimiento abreviado, la magistrada estima que, de forma indiciaria, pueden ser presuntos autores de dos delitos de homicidio por imprudencia grave. Con esta resolución se abre el plazo para que la Fiscalía y la acusación particular -que ejercen los abogados Javier Sáenz de Santa María y Luis-M. Tello Sáiz-Pardo en nombre de la familia de las víctimas- presenten sus escritos de acusación o el sobreseimiento de la causa, cosa que no tendrá lugar.

La muerte de José Luis Maté (54 años) y de su esposa, María del Carmen Perdiguero (56) tuvo lugar el 16 de mayo de 2017 tras inhalar gas tóxico durante cuatro días. El dueño del número 2 de la calle de la Escuadra, de Villafruela, contrató con el director comercial de SGS Española de Control -uno de los encausados- un tratamiento para la eliminación de carcoma en del domicilio. Tanto el director comercial como el director técnico -también será procesado- decidieron el tratamiento a utilizar, aunque no se ha podido determinar quién elaboró u ordenó el parte de trabajo y su ejecución.

El 12 de mayo de 2017 acudieron a la vivienda tres trabajadores -también encausados- para aplicar el tratamiento. Desde allí hablaron con uno de los directivos -no queda claro quién en las actuaciones-, quien les dijo qué cantidad de producto debían utilizar en relación a los metros cúbicos de la casa, algo que calcularon sin instrumentos de precisión. Los operarios precintaron el inmueble, preguntaron al dueño si existía algún otro hueco que debieran taponar y colocaron bandejas de Quickphos-T. Después sellaron la puerta y colocaron un cartel. La ejecución, señala la resolución, no tuvo en cuenta los materiales de construcción de la casa ni se efectuaron pruebas para comprobar que no se filtraran gases en las propiedades colindantes.

Pero la filtración se produjo por las paredes, desde el número 2 de la calle de la Escudra hasta el número 10, donde vivían las víctimas.  El día 15 de mayo el matrimonio fue atendido por personal del centro de salud de Covarrubias por vómitos, dolor abdominal y cefalea. Al día siguiente fallecían, el hombre en casa y la mujer tras ser trasladada al Hospital Universitario. La autopsia estableció que la causa de la muerte fue envenenamiento accidental por exposición a plaguicidas. No había restos de fosfina en sus organismos porque se trata de un gas extraordinariamente volátil e inflamable, que explota a temperatura ambiente, lo que dificulta su fijación en medios biológicos.

El informe del Seprona concluyó que el producto fitosanitario que se empleó en la fumigación no respetó los requisitos de uso, ni siquiera los establecidos por la empresa, lo cual representa un riesgo muy grave para la salud. Asimismo, la Guardia Civil indicaba que el Quickphos-T no se puede utilizar en núcleos urbanos y su aplicación queda ligada al medio agrícola, en locales aislados de edificios habitados. Además, la cantidad utilizada no se correspondía con la recomendada.

Para su informe la Benemérita procedió al estudio de 150 movimientos de cantidades de Quickphos-T similares a las que se utilizaron en Villafruela. Los investigadores seleccionaron 152 trabajos que rondaban ese volumen y solicitó los correspondientes partes de trabajo. No constataron ningún tratamiento en domicilios o dependencias distintas a almacenes, excepto el de Villafruela.

también la delegada. Aunque en un principio se había sobreseído la causa contra la delegada de SGS en Valladolid, la Audiencia atendió el recurso de la acusación particular y aparece como encausada, pues presuntamente no se seguía en esa sede el protocolo de delimitar debidamente las funciones de cada directivo ni se fiscalizaba ni se supervisaba la actividad conforme a la normativa específica.

Según el informe de una empresa experta de propagación de gases -Iberfugas- todo indica que el gas se filtró a la vivienda de las víctimas a través de las paredes de adobe. Desde el número 2 de calle La Escuadra pasó al baño del número 8  de travesía de la Escuadra -que estaba desocupada- y de ésta al 10, donde vivían los fallecidos. El aparejador municipal descartó que las bodegas estuvieran conectadas entre sí.