Condenan a Trespaderne a pagar 314.000 euros por el polígono

A.C.
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El juez estima solo «en parte» la demanda del contratista, que reclamaba 788.200 euros, lo que reduce la deuda del Ayuntamiento en un 60%

Condenan a Trespaderne a pagar 314.000 euros por el polígono

Después de un periplo judicial que comenzó en 2011, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo, número 2 de Burgos, acaba  de dictar sentencia sobre la reclamación económica que el constructor Eugenio Fernández Valiente realizó al Ayuntamiento de Trespaderne por obras ejecutadas en el polígono industrial y la urbanización de la calle Santa Ana. El contratista reclamaba una deuda cercana a los 800.000 euros en base al calendario de pagos aprobado por el pleno con los votos del PSOE en mayo de 2011 y por el que el Ayuntamiento debía de abonarle durante 40 meses la cantidad de 19.437 euros al mes con un interés añadido del 4%. El juez deja esa cantidad reducida a 314.947 euros más los intereses que se generen desde el momento de la notificación de esta sentencia, es decir, desde ayer. De ahí que si este pleito terminara ahora, el Consistorio se ahorraría el pago de cerca de medio millón de euros, un 60% de lo que se le reclamaba.

El juez señala que, «dado que nos encontramos en un supuesto de enriquecimiento injusto no procede, por un lado, aplicar los intereses del calendario de pagos (un 4%), pero tampoco los que se establecen en los propios contratos o la legislación que los regula... Procede aplicar solo los intereses legales del artículo 106 de la Ley de la Jurisdi-cción Contencioso-Administrativa», que indica que «se añadirá el interés legal del dinero, calculado desde la fecha de notificación de la sentencia dictada en única o primera instancia».

calendario de pagos ilegal. El contratista basó su reclamación de cantidades siempre en el calendario de pagos, pero la sentencia indica que «un calendario de pagos ni forma parte de un proceso de contratación ni puede ser admitido como parte del mismo». A ello añade que «la ley 30/2007 prohibe con carácter general el pago aplazado y establece, por el contrario, una forma de abono obligatorio en los contratos de obra a través de las certificaciones». A ello añade que «no puede admitirse que el alcalde firmara un decreto donde se recogía un calendario de pagos sin el sustento técnico y presupuestario necesario, por mucho, en el pleno lo avalase y luego, con el cambio de Corporación, lo dejase sin efecto».

No obstante, pare el juez «lo realmente importante es qué obra se ha ejecutado», al margen de cuestiones como que «entre lo proyectado y lo realizado realmente existen diferencias importantísimas». Para decidir cuál es la deuda que el Ayuntamiento tiene con el contratista, el magistrado ha aceptado lo que indicaba el informe del perito judicial solo en aquellos casos en que ha constatado «un error de la dirección facultativa» y ha considerado mayoritariamente válidas las certificaciones de los técnicos que dirigieron la obra, «que se encontraban in situ en el lugar de la excavación». Por los errores detectados por el perito judicial entre lo ejecutado y lo certificado, el juez resta 213.428 euros a la deuda. Una de las minoraciones de la deuda más llamativas es la de 59.185 euros de la calle Santa Ana, «la diferencia entre el total de facturas y el valor real determinado por el perito judicial», que baja de los 176.750 euros exigidos a 117.564. Además de todo ello, el juez reduce del 19% al 11% el apartado de gastos generales y beneficio industrial, lo que lleva a restar otros 254.815 euros de la deuda hasta alcanzar una minoración total de 473.243 euros frente a las pretensiones iniciales del contratista.

Las partes tienen ahora 15 días para presentar un recurso de apelación ante una instancia judicial superior. En el Ayuntamiento estudian esta posibilidad, porque «el juez no ha admitido el informe del perito judicial que reducía mucho más la deuda». Mientras, todo apunta a que el contratista también recurrirá, al ver reducidas considerablemente sus pretensiones.

 

La alcaldesa ve una «victoria parcial»


La alcaldesa de Trespaderne, Isabel López Torre, que ha pasado ocho años inmersa en una vorágine judicial, ve esta sentencia como «una victoria parcial». López Torre, de Iniciativa Merindades, sostiene que sus predecesores actuaron «con una irresponsabilidad clara y manifiesta». En la sentencia se admite en el apartado de «hechos probados» que «se fueron realizando pagos a cuenta a través de transferencias -hasta mayo de 2011-, cuyos importes no coincidían con las correspondientes certificaciones, ni desde luego, se hicieron los pagos dentro de los plazos legalmente establecidos».

La regidora recuerda como en el pleno de mayo de 2011, poco antes de las elecciones que la auparon a la Alcaldía, los ediles del PSOE aprobaron el calendario de pagos, pero la secretaria municipal presentó un informe que ponía en duda la capacidad económica del Ayuntamiento para afrontarlos y afirmaba que no iba a alcanzar ni para pagar las nóminas, si se desembolsaban los casi 20.000 euros anuales pactados con el contratista.

Hasta ese momento, según indica la sentencia, «la cantidad ya abonada -por el Ayuntamiento al contratista- ascendería hasta 2.353.024 euros». Pese a este importante desembolso, las calles del polígono siguen sin terminar de urbanizarse. Solo por su quinta fase, el contratista presentó certificaciones valoradas en 2 millones de euros, cuando firmó un contrato en el que se comprometía a ejecutarla por 1,5 millones. Parte de sus calles siguen sin asfalto y su deterioro es evidente, además de que frena el desarrollo del polígono y causa graves perjuicios a los pocos industriales y agricultores que aún conservan allí naves o parcelas.