La juez cree que Diputación perjudicó al jefe de Agricultura

P.C.P.
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La sentencia dicta que se ha generado «auténtica indefensión» a Luis Pérez, al ver «afectado su puesto de trabajo y retribución» sin que se haya motivado y subraya el «vaciamiento» del servicio que dirige

Luis Pérez (sentado en el centro), compareció hace meses arropado por sus compañeros de CCOO. - Foto: Jesús J. Matí­as

La justicia considera que la Diputación de Burgos ha perjudicado al jefe del Servicio de Agricultura y Medio Ambiente con las modificaciones de la Relación de Puestos de Trabajo de 2019, que declara nula en lo que afecta a ese departamento y al de Vías y Obras «por falta de motivación», tal y como defendía en su recurso Luis Pérez Alonso, que además es representante de Comisiones Obreras.
El sindicato lleva años denunciando las arbitrariedades que en su opinión comete la institución en materia de personal y más concretamente en este caso, al acusar a sus responsables políticos de crear a dedo un puesto de libre disposición a la medida del concejal del Ayuntamiento de Burgos Jorge Berzosa, como finalmente se confirmó, al ser elegido jefe de Vías y Obras entre 9 candidatos de diversas administraciones.

La sentencia, a la que ha tenido acceso este periódico, considera probado que se ha producido «el sucesivo vaciamiento del Servicio de Agricultura sin justificación, tampoco funcional» y que su responsable laboral «ha visto afectado su puesto de trabajo y retribución sin justificación» también, lo que le ha generado una «auténtica indefensión», censura la titular delórgano contencioso.
El varapalo del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Burgos a la gestión de Personal de la Diputación va más allá del caso concreto de Pérez Alonso, al considerar que en el expediente faltan informes que ponderen los factores y criterios seguidos «a la hora de determinar supresión de puestos y creación de otros», y que los que se aportan «son a todas luces insuficientes a efectos de tener por justificada la RPT, aparte de ilógicos, como evidencia la demanda y ratifica la prueba testifical que ha tenido lugar durante la vista», ahonda.

La jueza remarca que «la falta de motivación o justificación de los cambios introducidos por la RPT... no siendo posible conocer -como indica la demanda- las razones que llevan a las modificaciones operadas, por remisión a informes y estudios que no obran en el expediente», además de referirse a un informe de Intervención y otro de la Jefa de Personal que así lo declaraban ya.

Como «elocuente» califica la magistrada el hecho de que se justifique la nueva denominación del servicio de Agricultura -que pasa a ser Aguas, agricultura, ganadería, montes y presa de Alba- en la «variación de competencias de las administraciones locales» y no «sea posible conocer en qué consiste» ni cómo «se traduce respecto de los servicios afectados», apunta.

«Lo mismo ocurre -prosigue- respecto del traslado de personal del antiguo Servicio de Agricultura, que ahora se suma a las 3 brigadas de la Sección de Conservación: se alude a un estudio de necesidades que justificarían la amortización de puestos que propone, pero no se explicitan, impidiendo conocer a qué obedecen», como tampoco por qué se crean 4 puestos de mecánico en el parque de Maquinaria.
La sentencia también dedica un amplio párrafo a la polémica más conocida, la del jefe del Servicio de Vías y Obras.El informe del expediente «habla de cambios en la gestión de competencias en este ámbito, lo que justificaría la extinción del puesto de adjunto de servicio y la creación del nuevo puesto de ingeniero de caminos» pero «nada se conoce respecto a ello, no es posible saber en qué consisten estos cambios en la gestión del servicio ni mucho menos en qué medida suponen la amortización de un puesto para la creación de otro», ahonda. Tal y como denunció CCOO, la jueza remarca que además se modifica «el criterio establecido hasta ese momento» y en lugar de ser un puesto «exclusivo para esa Diputación» se abre a «personal de otras administraciones» y «añade una serie de circunstancias que dice concurren al caso para justificar la retribución», sin más base que «esa descripción que de forma indeterminada y sesgada se hace», recrimina.

Finalmente, la magistrada reprocha que no exista «motivación racional alguna» para incluir en Urbanismo el Servicio de Agricultura, «siendo lógica su adscripción al de Medio Ambiente y Aguas», del mismo modo que choca «el traslado de maquinaria y maquinistas al Servicio de Vías cuando -por lógica igualmente- están previstas para reparación de caminos rurales», concluye.

Así termina la retahíla de motivos que llevan al Juzgado a anular la modificación de la RPT de 2019 en lo que al Servicio de Aguas, Agricultura, Ganadería, Montes y Presa de Alba y al de Vías y Obras se refiere, sin que la sentencia afecte a los contenidos restantes.