Condenado a 2 años de prisión el exalcalde de Relloso

A.C. / Relloso
-

La Audiencia Provincial condena a Félix Ángel Martínez por un delito continuado de malversación de caudales públicos. Debe indemnizar con 30.000 euros a la junta vecinal

El exalcalde de Relloso (i.) y su hermano con su abogado entre ambos. - Foto: Luis López Araico

Los magistrados de la Audiencia Provincial han condenado a Félix Ángel Martínez, alcalde pedáneo de Relloso, en el Valle de Losa, entre 2007 y 2011, a dos años de prisión por el un delito continuado de malversación de caudales públicos, así como a la inhabilitación para cargo o empleo público durante 4 años y a indemnizar a la junta vecinal de Relloso en 30.000 euros. Martínez fue considerado culpable por el jurado popular que lo juzgó el pasado mes de junio. El fiscal pedía para el pedáneo cuatro años y medio de prisión que ha logrado reducir a dos años gracias a la atenuante de dilaciones indebidas, dado el tiempo transcurrido desde que comenzó la instrucción de los hechos en el Juzgado de Villarcayo en 2015. 

La sentencia indica como hechos probados que el condenado realizó entre 2007 y 2011 los reintegros de la libreta de la cuenta vecinal por valor de 13.950 euros y cargos en caja por otros 8.100 euros. Asimismo, realizó reintegros en efectivo de cantidades de 50, 100, 200 y 300 euros, en su mayoría, aunque también de cantidades de hasta 2.000 euros hasta un total de 10.721 euros. Asimismo, el jurado consideró probadas estas operaciones con las que extrajo un total de 32.771 euros. De todo el dinero, la sentencia indica que se destinaron a gastos de la junta vecinal justificados 1.623 euros.

Como alcalde pedáneo, el condenado figuraba en las cuentas de la localidad losina como apoderado y autorizado para disponer de cantidades y «consta en los testimonios de prueba» que fue Félix Ángel Martínez quien realizó las distintas operaciones. En el juicio, manifestó que fue él quien realizó los reintegros y cargos y el jurado, en base a las pruebas, consideró que el dinero fue «en su propio beneficio», a pesar de que Martínez señaló que el dinero se destinó a «gastos de obras, mantenimiento y de adquisición de combustible para la motobomba de la junta vecinal» y que «no pedía facturas y, en otras ocasiones en las que hubo facturas éstas no se guardaron o se perdieron, no llevándose por la junta vecinal una contabilidad perfectamente documentada». El jurado no admitió el alegato exculpatorio.