El TSJCyL solicita datos de muertes a los registros civiles

ICAL
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El presidente del Alto Tribunal de Castilla y León, José Luis Concepción, pide que se identifique tanto a los casos confirmados por Covid-19 como a los sospechosos

José Luis Concepción, presidente del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León. - Foto: Jesús J. Matías

El presidente del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ( TSJCyL), José Luis Concepción, ha solicitado a los juzgados de Registro Civil de los partidos judiciales de Castilla y León todos los datos sobre fallecimientos certificados durante los meses de marzo y abril del presente año, así como los de 2018 y 2019.

Concepción recalca que ha solicitando información sobre el número de las licencias de enterramiento expedidas durante este citado periodo, y diferenciando los supuestos de licencias expedidas en casos de que la muerte fuera por Covid-19 de aquellos en que se consignase como probable o sospechosa. En este sentido, resalta que "con el fin de acotar o identificar dichos datos parece oportuno considerar como supuestos sospechosos aquellos en los que se consignase como probable el contagio de Covid-19 y también aquellos en los que concurrieran patologías o causas inmediatas o intermedias relacionadas con el coronavirus como infección o respiratoria o neumonías".

A su vez, argumenta que tras la declaración del estado alarma se pusieron de manifiesto las dificultades existentes para la tramitación de las licencias de enterramiento por la falta de referencia específica en muchos casos a la patología o infección producida por el coronavirus en las certificaciones médicas de defunción expedidas, aludiéndose a los procesos o infecciones respiratorias o neumonías o sospechas de esa infección.

Esta situación, según explica el presidente del TSCyL, impedía o dificultaba la aplicación de los protocolos previstos por la normativa sanitaria o de policía mortuoria sobre inhumación de los cuerpos en casos por ejemplo de infecciones infecciosas antes del plazo ordinario de 24 horas que marca la Ley del Registro Civil, plazo del que se dispensa en los casos de epidemia y fundado temor de contagio y ante la acumulación de cuerpos en los cementerios y tanatorios municipales con los consiguientes riesgos derivados de ello.

Además, las informaciones recabadas de los responsables del Instituto de Medicina Legal pusieron de manifiesto el origen de este problema. En este sentido, Concepción resalta que el aumento significativo de la mortalidad no siempre aparecía referenciado a la infección por el Covid-19, debido fundamentalmente a la falta de test o analíticas que acreditaran el contagio, “si bien todos los indicios y síntomas de las patologías inmediatamente causantes de la muerte apuntaban a dicha infección como causa principal o determinante de la misma. Además, en estos casos, según explica, no intervienen ni médicos forenses ni las autoridades judiciales de los órganos penales (Juzgados de Instrucción), dada la inexistencia de supuestos de muerte violenta o sospechosa de criminalidad que justificasen la realización de la autopsia. A su vez, el riesgo grave que supone realizar la autopsia, obligaba a prescindir de ella y la “necesidad de fijar una coordinación con los Servicios Médicos y de Atención del 112 para intervenir en la certificación de dichas muertes”.

A su vez, algunos jueces encargados de los registros civiles por su iniciativa tomaron la determinación en esos momentos de dispensar el plazo de 24 horas en los casos en los que en la certificación de defunción se aconsejase ello, lo que hacía presumir que se trataba de fallecimientos por Covid-19.

Días más tarde, recuerda Concepción, el Ministerio de Sanidad dictó una orden por la dejaba en suspenso el plazo de 24 horas de la vigente Ley del Registro Civil, entre la defunción y el enterramiento, para todo tipo de enterramientos al margen de la causa. Por otra parte el Ministerio de Justicia dictó Resolución de 23de marzo por la que se disponía que el servicio esencial de la Administración de Justicia para la inscripción de las defunciones y expedición de las licencias de enterramiento durante la vigencia del estado de alarma estaría disponible durante todos los días de la semana en horario de mañana y de tarde.

Numerosos casos. Ante esta situación, el TSJCyL solicitó información urgente a los registros sobre el volumen y carga de trabajo que venía ingresando el día 23 de marzo por la expedición de licencias de enterramiento y encontró datos “preocupantes” en algunas poblaciones y partidos judiciales por su “elevadísimo número, singularmente en las capitales de provincia, y otras grandes poblaciones”.

Al mismo tiempo, Concepción hace referencia a informaciones que en numerosos casos las certificaciones médicas no concluían como causa fundamental de la muerte el contagio por Covid-19, pese a la existencia de procesos patológicos compatibles con dicha enfermedad, "e incluso se hacía referencia a sospechas de la misma, lo que podía afectar al correcto cumplimiento de las previsiones legales y reglamentarias en el despacho de estas licencias e inscripción de las defunciones".