14 sentencias obligan a devolver 123.000 euros de plusvalías

J.M.
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Los fallos judiciales contra el Ayuntamiento se amontonan y la previsión es que las cantidades a reintegrar sigan creciendo

Foto de archivo con un cartel que anuncia la venta de viviendas en una urbanización de la capital.

Las sentencias condenatorias que obligan al Ayuntamiento a devolver el dinero recaudado en el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, más conocido como el tributo que grava las plusvalías, se siguen acumulando. Según datos facilitados por la Concejalía de Hacienda del Consistorio capitalino ya son 14 los fallos judiciales que han dado la razón al contribuyente y que han obligado a la Administración municipal a devolver 122.852 euros por este concepto.

La suma de reclamaciones se comenzó a amontonar después de que una sentencia del Tribunal Constitucional dictaminara en junio de 2017 que no se podía cobrar el Impuesto de Plusvalías a quienes habían vendido una propiedad por un valor inferior al precio por el que la compraron en su día.

El Tribunal Económico Administrativo municipal (TEAm), que lleva paralizado más de dos años, sostuvo tras conocerse el fallo del Constitucional que mientras no existiera una modificación legislativa que determinara el modo de establecer la fórmula para conocer la existencia, o no, de una plusvalía, el impuesto debía seguir liquidándose.  La consecuencia no fue otra que un aluvión de reclamaciones, primero en vía administrativa y después en la judicial.

Hace poco más de un año, el Órgano de Gestión Tributaria y Tesorería del Ayuntamiento de Burgos emitía una circular con la idea de frenar el desaguisado. Se daba la oportunidad al contribuyente de no pagar cantidad alguna en tanto se resolvían las reclamaciones.

El balance hace apenas un par de meses era de 525 reclamaciones en las que se habían abonado 3,3 millones de euros (pendientes de dilucidar si se tenía que devolver lo cobrado en el impuesto) y otras 224 que se iban a analizar pero sin que el contribuyente hubiera pagado.

Mientras tanto, las reclamaciones de aquellos que ya han pagado siguen su curso y la inmensa mayoría de ellas continúan aún atascadas en el TEAm, que, al no estar operativo, no resuelve ninguna de ellas. Eso sí, quien decide acudir al Tribunal de lo Contencioso-Administrativo tiene que esperar al menos 6 meses para poder hacerlo. Hasta que el silencio del TEAm se convierte en una respuesta negativa a la reclamación.

Es a partir de ahí cuando son los tribunales los que dictan sentencia. Hasta el momento se conocen 14 de ellas pero vendrán más. Fallos en los que el Ayuntamiento se está encontrando con que se le obliga a devolver el impuesto, a pagar intereses y, como en un reciente fallo al que ha tenido acceso este periódico, a tener que abonar también las costas.

A todo esto se suma que en la Concejalía de Hacienda se han encontrado con falta de medios humanos para evaluar las reclamaciones. Hasta el punto que la solución que se encontró el pasado verano fue la de encargar a un economista contratado durante 6 meses gracias al Plan de Empleo de la Junta de Castilla y León que analizara algunas de las reclamaciones presentadas. El resultado fueron 18 expedientes en los que se tasaron 125 bienes (pisos, garajes...) y se concluyó que el Ayuntamiento sí tenía derecho a ingresar 353.000 euros y debía devolver (o no cobrar) otros 36.600.

Porque esa es otra. En la Casa Consistorial se encuentran con que se debe de analizar caso por caso si corresponde la devolución de lo pagado en el impuesto. En algunas situaciones, la Administración municipal se enfrenta a casos de pequeños particulares, pero otras veces se discuten cifras más elevadas ya que las afectadas son empresas que compraron inmuebles a un precio muy elevado antes de la crisis inmobiliaria y tuvieron que venderlos perdiendo una importante cantidad de dinero.

En la última sentencia, notificada a las partes el pasado 11 de marzo, un contribuyente se vio obligado a llevar al juzgado la escritura de compra y posterior venta de un inmueble y una tasación pericial con el valor del bien en el momento de adquirirlo y al deshacerse de él.

El Ayuntamiento se negó a dar por buenas estas pruebas, que el juzgado sí ha visto como válidas y la consecuencia ha sido una sentencia que obliga a la ciudad a devolver 1.703 euros «indebidamente liquidados», a pagar los intereses y también las costas del proceso.

paralización. Aunque el Ayuntamiento había conseguido desatascar el frenazo en el TEAm tras aprobar en el Pleno que recuperara la actividad con 2 integrantes (al que se le debe de sumar un tercero), la crisis sanitaria del coronavirus ha provocado que su puesta en marcha se paralice sin haber llegado aún a ponerse en marcha.

En el TEAm se acumulan ya más de 600 reclamaciones de todo tipo, aunque la mayoría de ellas tienen que ver con el impuesto de Plusvalías. Habrá que comprobar en los próximos meses si su reactivación sigue para desatascar un problema que está encontrando respuesta en el juzgado con numerosas sentencias que le están costando un alto precio a la Administración.

Esta situación no solo afecta al Ayuntamiento de Burgos, sino que en toda España se están dando problemas muy similares. El Gobierno Central, por su parte, sigue sin facilitar una norma que clarifique cuál debe de ser la fórmula de cálculo del tributo.