Rechazado el recurso por la subida del agua en Villagonzalo

P.C.P.
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La sentencia, que no es recurrible, confirma que las liquidaciones practicadas fueron correctas y que el modo de lectura de contadores no implica mayor coste. Un centenar de vecinos de la localidad burgalesa habían recurrido

Reunión de los afectados indignados con los recibos, en 2018. - Foto: Alberto Rodrigo

Un juez ha puesto fin a la guerra del agua que se desató en Villagonzalo Pedernales a principios de 2018, cuando la modificación de las ordenanzas de suministro y de servicios de alcantarillado y depuración coincidió con el desajuste entre el periodo de lectura y los recibos, lo que provocó un incremento de las cantidades a pagar que más de un centenar de vecinos decidió recurrir, al considerarlo abusivo. Sin embargo, los tribunales rechazan sus alegaciones y confirman que tanto la normativa como las liquidaciones practicadas fueron correctas. «No hay prueba de que haya desajuste generalizado en lectura de contadores ni que este modo de registro suponga un mayor coste del servicio», define la sentencia.

Las ordenanzas se modificaron en 2016, con la aprobación del Pleno, para repercutir en los recibos  varios conceptos derivados de obras como el colector (se costea  parte de lo que corresponde pagar al municipio), la tasa de saneamiento y cloración o la impulsión del agua del Monte de la Abadesa, que según el informe económico presentado en su día le costaba al Ayuntamiento 1.700 euros al mes.  Para la tasa de suministro se establecieron cuatro tramos con una cantidad distinta de precio de metro cúbico para cada uno de ellos, lo que provocó que se pasara de pagar 0,25 a 0,70  céntimos por metro cuadrados en el primer tramo.

Aunque se empezó a aplicar en 2017, las quejas por la subida se multiplicaron a comienzos del año siguiente, cuando hubo un desfase entre la lectura de los contadores y los recibos, en principio trimestrales, que provocó que en el último recibo del año se incluyeran 3 semanas más. El Ayuntamiento de Villagonzalo Pedernales, que tiene conveniado el servicio de cobro de la tasa con Diputación, emitió un bando para explicar este desajuste.

Sin embargo, un nutrido grupo de vecinos se sublevó contra la subida y llegó a ‘invadir’ la Casa Consistorial para demandar a la alcaldesa, Purificación Ortega, explicaciones. Posteriormente, los afectados constituyeron una plataforma y recurrieron a la justicia. 

Ahora, la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Burgos determina que, tal y como detalló un testigo en la vista, «las lecturas se inician por trimestres aún cuando no finalicen en el mismo día por cuanto son manuales, siguen orden alfabético, teniendo en cuenta que se respeta en los sucesivos trimestres de forma que si en un mes se consume más agua y se pasa a un tramo más caro en el siguiente (lectura del trimestre posterior) se parte de aquélla y aún consumiendo lo mismo se queda en un tramo más barato, no siendo relevante aquí la fecha de lectura sino la diferenciación entre lectura anterior y posterior y ajuste respectivo al que en todo momento han tenido acceso los vecinos del municipio», detalla. 

La sentencia, a la que ha tenido acceso este periódico, no puede ser recurrida en apelación porque la cantidad liquidada a cada contribuyente, que es el concepto en liza, no llega al mínimo legal fijado para ello. La única buena noticia para los recurrentes es que no han sido obligados a pagar las costas.

Ortega sostiene que la sentencia ha supuesto un alivio y, aunque estaba «convencida» de que actuaron correctamente y «nunca de mala fe», sí que llegó a sentirse «avasallada» por un grupo de vecinos que «no querían entender» que la subida estaba justificada, por las obras y los costes de depuración que comenzó a repercutir Burgos capital al utilizar la EDAR. Sostiene que la modificación de la ordenanza se basó en un informe económico y que se calculó el consumo medio de una familia tipo (de 4 a 6 miembros) para establecer el primer tramo.