Hasta 3.000 euros por vertidos ilegales a la red de aguas

C.M.
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La nueva ordenanza mejorará las labores de control y vigilancia y delimita mejor las autorizaciones

Imagen de archivo de un vertido de gasóleo en el río Arlanzón. - Foto: Patricia

Realizar vertidos no autorizados a la red de saneamiento de agua no saldrá gratis a partir de ahora. La nueva ordenanza municipal que se acaba de aprobar contempla multas de entre 750 y 3.000 euros, dependiendo del grado de gravedad, para los incumplidores con el objetivo. El documento trata de adaptarse a las nuevas normativas en esta materia dado que la actual databa de 1998 y su objetivo es garantizar que los sistemas de colectores y de tratamiento de las aguas residuales no se deterioren y que los vertidos no tengan efectos nocivos sobre el medio ambiente y las aguas receptoras cumplan con la calidad que exige la normativa. A ello se añade que los fangos que resulten del tratamiento puedan tener un uso agrario. 

Ha sido la Sociedad Aguas de Burgos la encargada de promover su redacción, dado que es la encargada de autorizar los vertidos de aguas residuales a la red pública de alcantarillado pero será la Concejalía de Medio Ambiente la encargada de tramitar los expedientes sancionadores que de su aplicación se pudieran derivar. 

Serán consideradas infracciones muy graves, -y por tanto sancionadas con entre 1.501 y 3.000 euros-, realizar vertidos prohibidos, ser reincidente o que como consecuencia de ellos se produzca daños de hasta 5.000 euros a la red de alcantarillado o produzcan riesgo para la salud de las personas o los recursos naturales.

Las graves conllevarán multas de entre 751 y 1.500 euros y se aplicarán por realizar vertidos sin autorización, la ocultación o falseamiento de datos exigidos en la solicitud de vertido o no comunicar una situación de peligro o emergencia o por causar daños en la red de alcantarillado o de depuración valorados en más de 1.000 euros y menos de 5.000. 

Finalmente, la sanciones leves de 250 a 750 euros se impondrán cuando por el vertido prohibido no se hubieran producido daños en la red de alcantarillado inferiores a 1.000 euros. Independientemente de la sanción, el infractor deberá reparar el daño causado. 

Lo prohibido. El documento detalla los vertidos que están prohibidos como son los casos de aquellas mezclas explosivas, residuos sólidos o viscosos, materias colorantes, corrosivas, tóxicos o peligrosos o que produzcan gases nocivos. Por ejemplo, se deja muy claro que no se puede verter a la red de saneamiento lechadas de bentonita o productos similares que se emplean en la ejecución de pantallas de hormigón utilizado en la construcción de los sótanos de edificios. 

También se establecen una serie de valores límite para evitar que causen problemas. En algunos casos Aguas de Burgos podrá obligar a que se haga un tratamiento previo por el usuario. En todo caso siempre deberá mediar una solicitud de autorización, que será estudiada para comprobar la ausencia de contaminación apreciable.

La Sociedad de Aguas también será la encargada de llevar a cabo tareas de inspección y vigilancia mediante la toma de muestras, medida de caudales y volúmenes de aguas y comprobación del cumplimiento de las condiciones establecidas en la autorización del vertido, lo que dará lugar a un acta. 

La ordenanza será de aplicación a todos los usuarios que realicen vertidos directos o indirectos de aguas residuales y pluviales a conducciones de saneamiento que viertan o se integren en la red pública del municipio o evacuen directamente a la estación depuradora, así como a aquellas comunidades locales y provinciales que las utilicen por convenio,

El concejal de Aguas, Miguel Balbás, subrayó la importancia de la nueva ordenanza para regular los vertidos respecto a las nuevas normativas y también establecer las sanciones por incumplimiento.