El cenador de la muralla ya es historia

DB
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Una grúa ha procedido este lunes al desmontaje de la polémica instalación tras un culebrón que ha durado cuatro años. El pasado 13 de julio, el área de Licencias del Ayuntamiento concedió un mes a su propietario para retirarlo

Una grúa ha procedido esta mañana al desmontaje de la instalación. - Foto: Alberto Rodrigo

El cenador de la muralla de Burgos ya es historia. Tras cuatro años de controversia, sentencias y resoluciones, el área de Licencias del Ayuntamiento concedió el pasado 13 de julio un mes a su propietario para que retirara la pérgola y esta mañana, días antes de que se cumpliera el plazo, una grúa ha procedido al desmontaje de la instalación, ubicada en un lugar privilegiado de la ciudad, a la altura de la céntrica calle Trinidad. 

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León desestimó en junio el recurso de queja del propietario, la última bala en la práctica para poder mantener la pérgola en el lugar donde lucía hasta hoy. El recurso de queja ante la Sala de lo Contencioso Administrativo se presentó después de que el juzgado de lo contencioso 2 inadmitiera un recurso de apelación contra la sentencia de 25 de noviembre de 2019, que consideraba que el cenador «no es legal ni legalizable».

El TSJ solo se pronunció en junio sobre esa inadmisión del recurso de apelación, que el juzgado justificaba en la Ley de Jurisdicción, que establece que no pueden ser susceptibles de recurso las resoluciones de pleitos cuya cuantía no exceda de los 30.000 euros. Y el importe de este contencioso no sobrepasa esa cantidad, según el fallo de la propia sala. La sentencia advertía de que «es evidente» que el procedimiento por el que el Ayuntamiento ordenó retirar el cenador en 2017 «solo cuestionaba la legalidad de la pérgola, no el uso del espacio ni la edificabilidad de la vivienda».  Y añade que «el propio recurrente admite que el valor» de esa instalación «es inferior» a 30.000 euros.

«Resulta obvio que siendo ilegal solo el cenador, compuesto por cuatro portales metálicos, pero no la pavimentación y el solado el coste de quitarlo debe ser inferior a los 30.000 euros», señalaba la resolución de instancia. 

La sentencia del juzgado 2 de lo contencioso falló en noviembre contra el dueño del cenador y a favor del Ayuntamiento. Es decir, consideraba que la pérgola colocada en la parte superior no era legal ni legalizable. Su dueño acudió a los tribunales justo después de que el Consistorio le exigiera su retirada.

El meollo de la cuestión que juzgaba este órgano se hallaba en determinar si la instalación de esa estructura exigía o no licencia de obras para su ejecución. En este sentido, el fallo advierte de que el arquitecto de la promotora que vendió el inmueble y que redactó el proyecto afirmó en el juicio que en él no se hallaba la pérgola ni se pidió ninguna autorización. Además, la resolución estima que el cenador, «erróneamente llamado velador o pérgola por el recurrente, es una estructura con vocación de permanencia, lo cual se demuestra en el hecho de estar atornillada a una solera de hormigón con enlosado de piedra, tal como declararon el perito del Ayuntamiento y el judicial» y como se observa en las pruebas documentales, sobre todo fotografías. Así, el fallo concluye que «la estructura ni es un bien mueble -como defendía el dueño- ni está exenta de control, por lo que puede y debe ser sometido al correspondiente procedimiento de restauración de la legalidad».

Asimismo, la sentencia indicaba que la instalación no es legalizable, porque la norma impide implantar un cenador para terraza por motivos constructivos y estéticos y prohíbe la carpintería metálica, el vidrio reflectante y espejos. La sentencia se alineaba, por tanto, con la tesis del Ayuntamiento. La resolución que dictó en octubre de 2017 el gerente de Fomento y que firmó también el jefe de Licencias señalaba que la obra ejecutada -consistente en la instalación de una estructura metálica y acristalada- «no es legal ni legalizable».