Plan de viabilidad obligado para las empresas que pidan rescate

EFE
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El Gobierno exige una previsión sobre cuándo se devolverá la ayuda pública, entre otros requisitos como no haber entrado en crisis antes de 2020, tener su sede social en España y no repartir dividendos entre sus accionistas ni 'bonus' a directivos

Plan de viabilidad obligado para las empresas que pidan rescate - Foto: Chema Moya

El Gobierno ha avanzado este martes que cualquier empresa que solicite apoyo del fondo de rescate dotado con 10.000 millones tendrá que presentar desde un primer momento un plan con su previsión sobre cuándo devolverá la ayuda pública, ha explicado la ministra portavoz, María Jesús Montero.

Cualquier empresa considerada estratégica puede optar a las ayudas del fondo si su solvencia se ha visto deteriorada por la crisis del coronavirus pero tendrá que solicitarlo de manera formal por escrito y justificar que sin esta ayuda cesaría actividad o tendría serias dificultades para mantenerse a flote.

La ayuda mínima que una empresa puede solicitar son 25 millones de euros, salvo casos acreditados y justificados, mientras que la cantidad máxima será la que se considere imprescindible para reforzar la solvencia, pero en ningún caso una cuantía que supere el patrimonio de la compañía a cierre de 2019.

Además, la empresa tendrá que tener su sede social en España y el grueso de su actividad en el país, estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, además de no haber entrado en situación de crisis antes de 2020 o estar condenada por delitos económicos como malversación de caudales.

En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, la también titular de Hacienda ha advertido de que cualquier empresa que pida ayuda al fondo de rescate tendrá restricciones para no llevar a cabo un política comercial agresiva o asumir riesgos.

Igualmente, tampoco podrá distribuir dividendos entre sus accionistas y sus directivos no podrán cobrar "bonus" ni ninguna retribución variable.

El fondo permite que el Estado entre de forma transitoria en el capital de empresas viables con problemas de solvencia tras la pandemia, aunque no es estrictamente necesario y el apoyo llegará mediante la compra de acciones, deuda o cualquier otro instrumento convertible en capital, pero siempre que las propias empresas lo soliciten y como opción de último recurso.

El órgano que decidirá si la ayuda se aprueba es el Consejo Rector del propio fondo, que se pondrá en marcha en un plazo de menos de 30 días, ha dicho Montero, y cuya constitución, aunque no ha entrado a detallar, se ha aprobado ya desde este martes.