La Junta cierra el interior de la hostelería en Aranda

J.D.M.
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Los bares y restaurantes de Burgos capital, Miranda de Ebro y Medina de Pomar solo pueden ofrecer servicio de terraza

Los bares y restaurantes en Aranda solo podrán ofrecer servicio de terraza o comida a domicilio a partir de este martes, 11 de mayo. - Foto: Valdivielso

Aranda de Duero se une a Burgos capital, Miranda de Ebro y Medina de Pomar como municipios de la provincia con restricciones especiales para contener la pandemia y a partir de mañana martes, 11 de mayo, estará prohibido el consumo en el interior de la hostelería. Así, los bares y restaurantes solo podrán ofrecer servicio de terraza o de comida a domicilio. La capital ribereña, con una incidencia acumulada de 201,89 casos por cada 100.000 habitantes a 14 días, supera el nivel de 150 casos, criterio que asume el Ejecutivo regional para establecer medidas especiales.   

La Junta, en reunión telemática de su Consejo de Gobierno celebrada esta mañana, ha actualizado el listado de municipios de Castilla y León en los que, en aplicación del Acuerdo 33/2021, del pasado 5 de abril, se adoptan medidas sanitarias preventivas de carácter excepcional para la contención de la covid-19.

Aranda de Duero (Burgos); Ponferrada (León); Alba de Tormes y Peñaranda de Bracamonte (Salamanca); Carbonero el Mayor (Segovia); y Ágreda (Soria) se incorporan a esta situación ante el empeoramiento de sus indicadores epidemiológicos y asistenciales, lo que obliga a la adopción de estas medidas excepcionales para la contención de la transmisión comunitaria del nuevo coronavirus SARS-CoV-2.

Por su parte, decae este régimen preventivo excepcional en Alfoz de Quintanadueñas (Burgos); Bembibre (León); Ciudad Rodrigo, Santa Marta de Tormes y Villares de la Reina (Salamanca); Cantalejo (Segovia); Almazán (Soria); y Aldeamayor de San Martín (Valladolid).

La actualización hoy aprobada alcanza 29 términos municipales castellanoleoneses: Arenas de San Pedro y Las Navas del Marqués (Ávila); Burgos, Aranda de Duero, Medina de Pomar y Miranda de Ebro (Burgos); León, Ponferrada, San Andrés del Rabanedo, Valverde de la Virgen y Villablino (León); Aguilar de Campoo y Guardo (Palencia); Alba de Tormes, Peñaranda de Bracamonte y Villamayor (Salamanca); Segovia, Carbonero el Mayor, El Real Sitio de San Ildefonso y Palazuelos de Eresma (Segovia); Soria y Ágreda (Soria); Íscar, La Cistérniga, Laguna de Duero, Medina del Campo, Peñafiel y Simancas (Valladolid); y Benavente (Zamora).

El Acuerdo por el que se adoptan las medidas ahora aprobadas tendrá vigencia, una vez sea publicado en el BOCyL, a partir de las 00.00 horas de este martes, 11 de mayo, siendo actualizado cada siete días.

Con tal fin, la Autoridad sanitaria autonómica realiza una labor continua de seguimiento y de evaluación de los indicadores sanitarios, sociales, económicos y de movilidad para valorar la adecuación de las medidas a la situación en cada momento, pudiendo mantener, modificar o levantar el régimen preventivo adoptado en cada uno de los municipios involucrados.

Estas medidas sanitarias preventivas de carácter excepcional de aplicación en estas poblaciones son las siguientes:

-Se suspenden todas las actividades de restauración en el interior de los establecimientos, con las siguientes excepciones a dicha suspensión:

*Los servicios de entrega a domicilio o recogida en el establecimiento o en vehículo.

*Los restaurantes de los hoteles y otros alojamientos turísticos, que pueden permanecer abiertos siempre que sea para uso exclusivo de sus clientes, sin perjuicio que también puedan prestar servicios de entrega a domicilio o recogida en el establecimiento.

*Los servicios de restauración integrados en centros y servicios sanitarios, sociosanitarios y sociales, incluyendo las actividades de ocio infantil y juvenil, los comedores escolares y los servicios de comedor de carácter social.

*Otros servicios de restauración de centros de formación no incluidos en el párrafo anterior y los servicios de restauración de los centros de trabajo destinados a las personas trabajadoras.

*Los servicios de restauración de los establecimientos de suministro de combustible o centros de carga o descarga o los expendedores de comida preparada, con el objeto de posibilitar la actividad profesional de conducción, el cumplimiento de la normativa de tiempos de conducción y descanso, y demás actividades imprescindibles para poder llevar a cabo las operaciones de transporte de mercancías o viajeros.

- Se suspende la apertura al público de los establecimientos y locales de juegos y apuestas.

Además de este régimen agravado, en estos 29 municipios, al igual que en el resto de la Comunidad, se mantienen las medidas preventivas ordinarias correspondientes al nivel 4 de alerta sanitaria por la pandemia en Castilla y León, recogidas en el Acuerdo 46/2021, de 6 de mayo, de  la Junta de Castilla y León, por el que se actualizan los niveles de alerta sanitaria y el plan de medidas de prevención y control para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la covid-19 en Castilla y León.