Dan un mes al dueño del cenador de la muralla para retirarlo

I.E.-C.M.
-

El juzgado sentenció que la instalación «no es legal ni legalizable» y después el TSJ desestimó el recurso. La resolución municipal fue firmada este lunes

El cenador de la muralla está en la calle Trinidad. - Foto: Patricia

El cenador de la muralla tiene los días contados, en concreto, 30, pues el área de licencias del Ayuntamiento le ha concedido a su propietario un plazo de un mes para que lo retire. El lunes fue firmada la resolución y el tiempo empezará a contar a partir de que el dueño reciba la notificación. La decisión del Consistorio se produce 20 días después de que el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León cortara de raíz cualquier opción de continuar pleiteando para mantenerlo en su sitio.

La Sala de lo Contencioso Administrativo desestimó el recurso de queja del propietario, la última bala para poder mantener la pérgola en el lugar donde luce hoy. El recurso de queja se presentó después de que el juzgado de lo contencioso 2 inadmitiera un recurso de apelación contra la sentencia de 25 de noviembre de 2019, que considera que el cenador «no es legal ni legalizable».

El TSJ solo se pronunciaba sobre esa inadmisión del recurso de apelación, que el juzgado justifica en la Ley de Jurisdicción, que establece que no pueden ser susceptibles de recurso las resoluciones de pleitos cuya cuantía no exceda de los 30.000 euros. Y el importe de este contencioso no sobrepasa esa cantidad, según el fallo de la propia sala.

La sentencia advierte de que «es evidente» que el procedimiento por el que el Ayuntamiento ordenó retirar el cenador en 2017 «solo cuestionaba la legalidad de la pérgola, no el uso del espacio ni la edificabilidad de la vivienda». Y añade que «el propio recurrente admite que el valor» de esa instalación «es inferior» a 30.000 euros.

De modo que estima que la sentencia de instancia «no es susceptible de apelación, dado que la cuantía» de retirar el cenador -es cierto que indeterminada y no calculada en esa resolución- «deberá entenderse a todas luces como inferior a 30.000 euros a efectos de apelación, sin que ello genere ningún atisbo de indefensión al recurrente». «Resulta obvio que siendo ilegal solo el cenador, compuesto por cuatro portales metálicos, pero no la pavimentación y el solado el coste de quitarlo debe ser inferior a los 30.000 euros», señalaba la resolución de instancia.

El solar frente al HUBU. Por otro lado, el Ayuntamiento cumplirá también con otra sentencia del TSJ y retrotraerá todo el procedimiento de adjudicación de una parcela junto al Hospital Universitario al momento en el que se emitió un informe favorable a la primera oferta que realizó la empresa Domusolco para construir un aparcamiento de 96 plazas y un supermercado, tras tomar la decisión municipal de no recurrir el fallo. «Ahora desistir del procedimiento de contratación daría lugar a indemnizaciones», aseguró el concejal Daniel Garabito en rueda de prensa.