2 años de cárcel tras espiar las llamadas de su mujer

I.E.
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El Juzgado de lo Penal 1 condena al hombre por revelación de secretos, ya que exhibió el listado de conversaciones de su esposa en una terapia de pareja

2 años de cárcel tras espiar las llamadas de su mujer

No valen excusas. Nadie tiene derecho -aunque pague la factura del teléfono- a revisar las llamadas ni los mensajes en el móvil de sus parejas, ni siquiera por celos. Quien lo haga comete un delito de descubrimiento de secretos que está penado con la cárcel. El Juzgado número 1 de lo Penal ha impuesto a un burgalés un año de prisión por espiar las conversaciones de WhatsApp de su mujer con el que consideraba que era su amante. A esa condena hay que añadir otros doce meses de reclusión por un delito de amenazas y por otro de coacciones en el ámbito de la violencia de género, según el fallo corregido que ha dictado la Audiencia Provincial.

Todo comienza a finales del mes de noviembre de 2016, cuando la víctima comunica a su marido su intención de romper la relación matrimonial. A partir de ese instante, el hombre empieza a menospreciarla con expresiones como «no eres nada, dónde vas a ir si no eres nadie», y a amenazarla con quitarle a su hija. En esos días ya sale a colación el nombre del supuesto amante de la mujer. Y el acusado le asegura a ella que le va a romper las piernas con un palo.

En un principio quizá no pasó de una sospecha, pero el imputado acabó instalando en el móvil de su mujer la aplicación WhatsApp Web, que permite conocer en tiempo real las conversaciones mantenidas por ella. Al volver su esposa de un viaje de Laponia le comentó que había pirateado su teléfono y que conocía el contenido de los mensajes que se había cruzado con su presunto amante, un amigo del matrimonio desde hacía más de una década. De hecho le enseñó varias capturas. Y no solo eso, en una terapia de pareja para tratar de salvar el matrimonio, el denunciado mostró el listado de llamadas del teléfono de su mujer.

Tras regresar a casa de la visita a la psicoterapeuta, el hombre la obligó a descender a la leñera y le conminó a llamar a su amante para decirle que no le iba a ver más. Según la sentencia, la víctima no sabía del espionaje a que había sido sometida ni había dado consentimiento de ello. Pero él pudo contratar la aplicación WhatsApp Web porque fue quien había contratado la línea y quien poseía las claves.

En el mes de febrero de 2017, el acusado le dijo a su ex que si no llegaba a un acuerdo de custodia compartida de la hija de ambos -menor de edad- no la iba a ver más, por lo que la mujer accedió, a pesar de que antes le había manifestado a su marido que se oponía a tal medida. Asimismo, según señala la resolución judicial, queda probado que en enero de 2017 el hombre hizo que su esposa -pese a no trabajar ni cobrar prestación alguna- le entregara todas las tarjetas de crédito, así como las llaves de la vivienda en la que residían y las llaves del coche.

Además de condenarle a dos años de prisión, la sentencia priva al procesado del derecho a tener y portar armas por un periodo de seis años, además obligarle a mantenerse alejado de su ex -en una distancia no inferior a 300 metros- durante seis años. Asimismo, habrá de pagar una multa de 2.160 euros y ocuparse de abonar una cuarta parte de las costas procesales de la acusación particular sostenida por la víctima.