Deberá publicar en su Facebook la condena por vejación

P.C.P.
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La Audiencia ratifica la sentencia del Juzgado de Primera Instancia 6 y la multa de 800 euros por ultrajar a su encargada

Deberá publicar en su Facebook la condena por vejación

La Audiencia Provincial de Burgos ha ratificado la condena a una trabajadora de la cadena de perfumerías Arenal por vejar a su encargada en Facebook, lo que considera una intromisión ilegítima en el derecho al honor y a la propia imagen. Además de los 800 euros de multa en concepto de daños morales, los tribunales le imponen la obligación de difundir en su perfil la sentencia, «debiendo tener dicha publicación carácter público para los demás usuarios de la red social referida, con el fin de restituir el buen nombre, prestigio y honorabilidad de la actora», según estableció en su día el Juzgado de Primera Instancia número 6 de Burgos.
La sentencia recurrida declara probado que «dentro del ámbito público del medio utilizado la demandada vertió a la actora expresiones como: encargaducha, despedida por robar y continúa, sufre reclamaciones por trato a clientes, se cree que la tienda es un bar lleno de borrachos, grita a las empleadas delante de clientes: qué cojones estáis haciendo o qué pollas es esto; individua; a las pobres chicas se les está todo el tiempo vigilando por las cámaras de seguridad imponiendo y manipulándolas, se las humilla, y siempre delante de compañeras o clientes, innumerables descuidos importantes de la encargada dejándose cajones abierto delante de clientes, olvidar dinero de cambios o ingresos en cualquier sitio de la tienda, modificar horarios en su beneficio, escaquearse tocándose el ch... con ambas manos, incurre en trato degradante la ‘señorita’, se premia a delincuentes y desgraciadas», detalla la resolución, facilitada por el Gabinete de Comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

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