El juez obliga a pagar 291.000 € por mejoras en el Coliseum

J.M.
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La UTE que construyó la instalación reclamó al Ayuntamiento 650.000 euros por variaciones que introdujo al proyecto original, como el sistema de calefacción o el refuerzo de la iluminación

Las obras de construcción se realizaron entre los años 2014 y 2015. - Foto: Luis López Araico

El Juzgado Contencioso Administrativo Número 2 ha dictado una sentencia en la que obliga al Ayuntamiento de la ciudad a abonar 291.493 euros a la Unión Temporal de Empresas (UTE) Coso El Plantío, que integraron las constructoras Sacyr y Río Vena, por la ejecución de una serie de obras de mejora que se realizaron durante la construcción del Coliseum, entre los años 2014 y 2015.

En la sentencia, que parte de una demanda presentada por la UTE, el juez otorga parcialmente la razón a las constructoras en cuanto al abono de una serie de mejoras que no figuraban en el proyecto inicial. Por concretar, la implantación de un nuevo sistema de calefacción, un refuerzo en la iluminación para permitir las retransmisiones por televisión de los partidos de baloncesto y una serie de soluciones para mejorar el acabado de la instalación.

El magistrado defiende que las variaciones introducidas encajan dentro del margen de encarecimiento que permite la legislación (siempre que esté justificado) y de la "facultad" que se otorga a la dirección facultativa de la obra para proponer cambios. El fallo defiende que "no existe duda de que las obras se hayan realizado y que han supuesto una mejora" respecto a lo proyectado, que ni se ha demostrado ni se ha tratado de evidenciar, que los trabajos "no tengan utilidad o no sean necesarios" y tampoco "que los precios sean excesivos o que las mediciones sean incorrectas". Entiende, además, que el Ayuntamiento no puede lograr lo que se conoce como un "enriquecimiento injusto" y de ahí que obligue a pagar esa cantidad más los intereses.

No es menos cierto que los tribunales no dan la razón a la UTE en todas sus peticiones, ya que la reclamación total que se realizaba ascendía a 650.000 euros ya que también se reclamaba un pago mayor por, entre otros aspectos, una modificación en la tipología de la barandilla que se había instalado o por el procedimiento de desmontaje de la cubierta de ladrillo. En este último caso, se admite que la dirección facultativa aprobó que se hiciera de manera mecánica ya que se entendía que realizarlo de modo manual podía ser peligroso, pero el juez da por probado que la decisión fue adoptada por la UTE, más allá de que hubo quien aseguró que el coste podría ser incluso menor.

En relación a otras mejoras, el juez hace buenas las declaraciones los técnicos municipales en las que no avalan que autorizaran algunas mejoras o que estas tuvieran un coste más elevado.