Inhabilitado 7 años el alcalde de la Merindad de Río Ubierna

F. TRESPADERNE
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La denuncia por prevaricación fue presentada por la construcción de una tejavana sin licencia en una finca de la localidad de Villalbilla Sobresierra y la tardanza municipal en abrir el expediente sancionador

Inhabilitado 7 años el alcalde de la Merindad de Río Ubierna - Foto: Luis López Araico

El alcalde de la Merindad de Río Ubierna, Raúl Martín Bellostas, que el domingo obtuvo mayoría absoluta en los comicios municipales con el PP, ha sido condenado a siete años de inhabilitación para cargo público, y al pago de las costas del proceso judicial, por un delito de prevaricación omisiva, es decir que el tribunal considera que el regidor tenía conocimiento de la construcción y no actuó en consecuencia.

Esta sentencia, que fuentes de la defensa del alcalde ya han anunciado que van a recurrir, es el resultado de una denuncia presentada en 2013 por el alcalde pedáneo socialista de Villalbilla Sobresierra, Marco Antonio Escudero, por la construcción por parte de un vecino de esa localidad, sin licencia, de una tejavana en una finca particular y por el retraso en la resolución del expediente municipal sancionador contra ese vecino.

En la sentencia, que será pública hoy, se pone de manifiesto que el alcalde en el proceso iniciado por el Ayuntamiento contra el propietario de la tejavana se dictaron tarde por parte de la Alcaldía y considera que el alcalde paralizó deliberadamente la tramitación del expediente administrativo contra el vecino que realizó la obra sin licencia municipal. Martín Bellostas siempre ha mantenido que cuando tuvo conocimiento de la obra mandó al arquitecto municipal a inspeccionar la misma para iniciar un expediente sancionador al realizarse sin licencia municipal y aseguró que los decretos sancionadores los firmó cuando los funcionario municipales se los pasaron a firmar, por lo que en su día insistió en que la demora no era imputable al alcalde.

Inhabilitado 7 años el alcalde de la Merindad de Río UbiernaInhabilitado 7 años el alcalde de la Merindad de Río Ubierna - Foto: Luis López Araicodesde hace seis años. Escudero, el alcalde de la pedanía de Villalbilla Sobresierra, denunció hace seis años, en 2013, a Martín Bellostas por un presunto delito de prevaricación administrativa y vulneración de la legalidad por tardar en abrir el expediente al vecino que levantó la tejavana, ya que a su juicio el propietario estaba obligado a hacer un plan de mejora urbanística, pavimentar la calle, actuación que no realizó a pesar de la advertencia del arquitecto municipal, y porque no pidió licencia, señaló en su día el denunciante a DB.

El Ayuntamiento, según manifestó Martín Bellostas durante el proceso judicial, al tener conocimiento de que se estaba realizando la obra (cuatro pilotes con una uralita, señalaron en su día) inició un expediente administrativos. Una vez realizados los preceptivos informes por parte de los técnicos municipales de la Merindad se dio traslado de los mismos a las partes, apuntando que la obra era ilegal, pero legalizable si se culmina la actuación urbanística.

Al no atender el vecino los requerimientos municipales, apuntó el alcalde en el proceso judicial, se iniciaron dos expedientes, uno sancionador y otro de restauración de la legalidad. El denunciante, Escudero, en septiembre de 2014 denunció al alcalde del municipio por, a su juicio, haber tardado en iniciar el expediente de infracción urbanística. Mientras los expedientes administrativos contra el propietario de la tejavana seguían su curso, Escudero también siguió adelante con la denuncia contra el alcalde del municipio al considerar que el Ayuntamiento tenía que haber abierto el expediente sancionador antes y no dejar pasar los plazos, es decir que la resolución municipal se había dictado tarde.

demora. Martín Bellostas, en su declaración ante el titular del Juzgado, manifestó que el proceso sancionador contra el vecino había seguido los trámites habituales y que firmó los decretos de resolución cuando los técnicos municipales dieron por finalizados los expedientes. El alcalde insistió en manifestar ante el juez que no había existido demora por su parte y que el retraso, que no negó, no era imputable al alcalde sino al proceso que lleva un expediente municipal y que actuó cuando tuvo conocimiento que se estaba realizando la obra ilegal para levantar la tejavana. Además, también señaló que había firmado los expedientes, resoluciones y decretos sancionadores cuando los funcionarios municipales se los pasaron a la firma. El tribunal, según apuntaron fuentes de la defensa del alcalde, a la hora de dictar sentencia, no ha dado importancia a las motivaciones y razones que se esgrimieron durante el juicio para justificar la demora en la resolución del expediente sancionador por la construcción de la tejavana.

Insistir en esa motivaciones y razones será uno de los argumentos que empleará la defensa del alcalde en el recurso de apelación contra esta sentencia que presentarán en los próximos días, una vez que estudien la misma, ya que el fallo será notificado hoy a las partes implicadas en este largo proceso administrativo y judicial.