El TSJ deniega suspender el cierre del ocio nocturno

DB
-

Rechaza el recurso presentado por la Asociación Unión Burgalesa de Hostelería contra las medidas de prevención y control para hacer frente a la crisis, acordado por la Junta el 20 de agosto, que adelantaba la hora de cierre de estos establecimientos

El Plan de Medidas de la Junta aprobado el 20 de agosto establecía adelantar el horario de cierre del ocio nocturno. - Foto: Alberto Rodrigo

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha acordado denegar la suspensión del acuerdo adoptado por la Junta el pasado 20 de agosto en el que se adelantaba el horario de cierre del ocio nocturno. La Asociación Unión Burgalesa de Hostelería recurrió el pasado 26 de agosto el Plan de Medidas de Prevención y Control para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la covid-19, que establecía que "las discotecas, salas de fiestas, pubs, karaokes, bares de copas, boleras y salas de música en directo tendrán que cerrar sus locales, y solo podrán atender al público si disponen de terraza al aire libre. En este caso, las terrazas podrán estar abiertas hasta la 1 de la madrugada, aunque no podrán recibir nuevos clientes a partir de las 00.00 horas, como el resto de los establecimientos de restauración". 

Tras sopesar por un lado los intereses públicos en juego y, por otro, los privados, la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en Valladolid, ha acordado denegar la suspensión interesada del acuerdo recurrido, no hacer una especial condena en costas y llevar testimonio de esta resolución a los autos principales.

Frente a la presente resolución cabe la interposición de un recurso de reposición en un plazo de cinco días.