Instan a no multar cuando la zona azul esté mal pintada

I.E.
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El Procurador del Común reclama que al Ayuntamiento que revoque una sanción por aparcar en la zona de Hacienda, donde no había marcas viales, y le pide que sea «diligente» en la conservación de señales

Instan a no multar cuando la zona azul esté mal pintada - Foto: Alberto Rodrigo

Las resoluciones del Procurador del Común constituyen meras recomendaciones pero el Ayuntamiento de Burgos haría muy bien en seguir sus consejos, sobre todo porque se trata de la institución que se ha dado esta Comunidad para dirimir los conflictos entre Administración y administrados sin acudir a la vía judicial. Además, en el caso que nos ocupa su dictamen está más que fundado cuando reclama al Consistorio que no se multe o al menos que revoque todas las sanciones que ponen los vigilantes de la ORA cuando las marcas viales de la zona azul en la calzada están mal pintadas y no se ven.

La disposición del defensor del pueblo de Castilla y León tiene su origen en la queja de un vecino de Burgos, quien mostró su disconformidad por una sanción que le fue impuesta por estacionar su vehículo en la  zona de Hacienda el pasado año, en un lugar donde las marcas azules horizontales sobre el asfalto no se apreciaban. En primer lugar formuló escrito de alegaciones a la denuncia, pero fueron desestimadas, razón por la que acudió al Procurador del Común, que inició su investigación.

En contestación a sus requerimientos, el Ayuntamiento capitalino reconoce que «con el paso del tiempo y debido a la climatología y otros factores las marcas azules pierden color, por lo que periódicamente se realizan labores de pintura». No obstante, agregaba en su respuesta, «la señalización vertical, que es permanente entre las calles Vitoria y Ruiz Dorronsoro, es preferente a la señalización horizontal», según la Ley de Tráfico. 

Un argumento que no compra el Procurador del Común, que acude también a dicha norma pero para concluir todo lo contrario. Así, establece que, efectivamente, «en el caso de que las prescripciones indicadas por diferentes señales parezcan estar en contradicción entre sí prevalecerá la preferente o la más restrictiva si se trata de marcas del mismo tipo». Pero en el caso de autos «no se trata de aplicar el régimen de preferencia en los tipos de señales sino que constituye un supuesto de falta de señalización». Más claro, imposible.

Y justo después de expresar dicho razonamiento es cuando el Procurador del Común le pega un palo al Consistorio por no interpretar la norma de la forma más favorable para el ciudadano, un principio básico cuando existe «una duda en el marco del derecho administrativo sancionador». 

A más abundamiento, la resolución recoge que «la falta de señalización horizontal bien pudo originar un error de prohibición al conductor al entender que estaba en una zona excluida de la ORA, un error no atribuible al ciudadano sino al propio Ayuntamiento». 

Además, advierte el dictamen, el Ayuntamiento no discute en ningún momento que en la zona señalada no existiera señalización horizontal, tal como establece el ciudadano en su queja.

De ahí que la institución que dirige Tomás Quintana López sea muy clara en su resolución final, cuando reclama al Ayuntamiento de Burgos dos cosas: la primera, que proceda a revocar la resolución sancionadora recaída en el autor de la queja, con la devolución de la cantidad abonada en concepto de multa; y, por otro lado, pide al Consistorio, como titular de la vía, que proceda a «cumplir de forma diligente con su obligación de conservar en adecuado estado de reconocimiento las señales y marcas viales en la zona azul» de la ciudad. El Procurador insta a la Administración local a comunicar la aceptación o no de la resolución en el plazo de dos meses.