Cuidado de no meter la rueda...

L.N.
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Un conductor solicita más de 3.300 euros al Ayuntamiento de Aranda tras sufrir un accidente en una arqueta sin tapa

En diversos barrios de Aranda denuncian que hay muchas arquetas sin tapa. - Foto: L.N.

Precaución, amigo conductor. Cuidado con dónde mete las ruedas de su coche. Resulta que la calzada  puede presentar daños y aunque es obligación de los ayuntamientos mantener las vías públicas en condiciones adecuadas para el tránsito de personas y vehículos, en caso de accidente la culpa no tiene porqué ser de tal deficiencia, sino de una actitud «poco diligente o descuidada» al volante. 

Así lo estima el Consejo Consultivo de Castilla y León en un caso reciente que tuvo lugar en Aranda de Duero. Los hechos sucedieron así: el 3 de febrero del año pasado, una persona sufrió un accidente al introducir una de las ruedas en una arqueta que se encontraba sin tapa. Reclamó una indemnización de 3.324,96 euros por gastos de reparación. Después, el 28 de mayo, presentó una reclamación de responsabilidad patrimonial ante el Ayuntamiento por los daños y perjuicios sufridos «por el mal estado de la calzada» en la que adjuntó el informe del siniestro de la Policía Local y otro informe pericial. 

Desde el Servicio Municipal de Obras se constató la existencia de la deficiencia alegada y aunque se consideró que era competencia de la Brigada de Aguas, se ordenó la reposición de la rejilla a la Brigada de Obras «por no disponer aquella de rejillas en stock». 

Sin embargo, el 8 de noviembre la Policía Local emitió un nuevo informe en el que indicaba que «la vía es lo suficientemente ancha como para realizar la maniobra que el conductor describe, sin ceñirse en exceso hasta el borde opuesto de la calzada, donde introdujo la rueda delantera izquierda». Después, añade: «Según el artículo 18 de la Ley de Tráfico, el conductor es el único responsable, pues debe mantener la atención permanente a la conducción. En este caso faltaba la rejilla y el único objeto en movimiento era el turismo». Aunque el Consejo Consultivo sostiene que tal deficiencia «constituye objetivamente un incumplimiento del Ayuntamiento», desestima que los daños reclamados se le imputen al Consistorio. En base a las apreciaciones de los policías concluyen: el accidente se debió a «una actuación descuidada al ocupar innecesariamente el carril contrario».