El sueldo mínimo de los investigadores llegará a 33.300 euros

B.G.R.
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El Rectorado aprobó ayer en Consejo de Gobierno una normativa que afectará al personal científico contratado con fondos procedentes de ayudas públicas

Imagen de archivo de uno de los centros de investigación del campus. - Foto: Jesús J. Matías

El decreto de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo, así como la ley que entró en vigor el pasado septiembre con la que se pretende otorgar de más derechos a la comunidad científica, han llevado a la Universidad de Burgos a elaborar una normativa sobre las retribuciones mínimas que percibirá su personal investigador a partir del 1 de enero. Ayer recibió el visto bueno del Consejo de Gobierno.

Dicha regulación solo afectará a los investigadores contratados con fondos provenientes de convocatorias públicas o privadas cuyas bases no recojan este aspecto. Es el caso de las nacionales o europeas con las que se busca la atracción del talento, además de otras regionales de proyectos que incluyen las contrataciones. Salvo estas excepciones, en el resto la horquilla que se ha establecido oscila entre un mínimo anual de 17.221 euros brutas para contratos a tiempo completo hasta los 33.300 euros, dependiendo de los perfiles y experiencia acumulada. Las cuantías van en línea con lo establecido a nivel nacional, con independencia de que cada institución académica pueda incrementarlas o no, si bien representan un marco «homogéneo» dado que los sueldos de los científicos no están fijados por convenio.

Para ello, se han establecido tres categorías, incluyendo tres modalidades en el caso de la más inferior. Esta es la que va dirigida a quienes inicien su carrera investigadora, ya que no podrán optar a ella aquellas personas que cuenten con el título de doctor. De esta forma y en el perfil denominado R1, figuran los titulados que hayan terminado el grado hace tres años o menos, entre tres y cinco, y cinco o más. 

En la siguiente modalidad (R2) se encuentran los investigadores reconocidos que continúan su formación científica una vez superado el doctorado. El tiempo desde la obtención de este título no podrá ser superior a cuatro años, fijándose su retribución mínima en 25.350 euros. Finalmente, los denominados R3 son aquellas personas contratadas por una duración superior a esta última, estableciéndose la remuneración en 33.300 euros.

La normativa tiene por objeto contribuir al desarrollo, atracción y retención del talento en el campus burgalés. No obstante, los contratos realizados antes de su entrada en vigor no podrán beneficiarse de estas retribuciones, que sí que afectarán en caso de cambien las condiciones, sobre todo cuando se transformen de obra y servicio a indefinido o si varía la fuente de financiación del proyecto.

Por otro lado, el Rectorado también aprobó ayer en el Consejo de Gobierno el Plan de Medidas Antifraude que Europa obliga a tener a las instituciones que perciban fondos dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Se trata de un protocolo que recoge medidas para evitar el mal uso o el fraude en esos recursos financieros. La UBU lo ha planteado «más allá» de dicho plan al incluir a la actividad docente, académica y de gestión con el fin de «asegurar una cultura de alerta y prevención de riesgos».