4 meses de cárcel por atropellar a una mujer yendo ebrio

I.E.
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Declaró estar en «perfectas condiciones para conducir», pese a reconocer que acababa de beber seis cervezas y un chupito. El accidente ocurrió en 2018 en San Pedro y San Felices

Nada más ocurrir el accidente, el conductor fue sometido a un control de alcoholemia y cuadruplicó la tasa permitida. - Foto: Alberto Rodrigo

Gracias a los procedimientos judiciales que se abren tras algunos accidentes de tráfico con consecuencias graves es posible tener acceso a las peregrinas justificaciones con que los infractores de las normas tratan de defender su inocencia. Es el caso del hombre que en febrero de 2018, un domingo, se llevó por delante a una mujer que cruzaba por un paso de cebra en la calle San Pedro y San Felices, en la zona sur de la ciudad. La víctima sufrió un traumatismo craneoencefálico, una herida frontal en la región auricular derecha y fractura abierta de la tibia y el peroné, que le han dejado varias secuelas visibles. El conductor del Ford Focus que provocó el atropello ha sido condenado a cuatro meses y 16 días de prisión por la comisión de un delito contra la seguridad vial, ya que conducía bajo la influencia de bebidas alcohólicas, y otro de lesiones por imprudencia grave. Asimismo, el juzgado de lo penal número 2 le ha retirado el carné durante dos años.

Nada más ocurrir el accidente se presentaron en el lugar patrullas de la Policía Local de Burgos, que le practicaron la prueba de alcoholemia. En la primera arrojó un resultado de 0,90 miligramos de alcohol por litro de aire espirado, y en la segunda, 0,86. Es decir, que casi cuadriplicaba la tasa permitida.

A pesar de estos índices, el acusado aseguró en el juicio que se encontraba en perfectas condiciones para conducir su vehículo. Su razonamiento resulta ‘inapelable’. Por un lado reconoció que se había bebido seis cervezas y un chupito en una cena que había tenido en San Pedro de Cardeña, lo cual no le afectó -alegó- para completar la distancia entre ese pueblo y la capital «sin percance alguno y por una carretera difícil». Es el argumento que le sirvió para asegurar que aunque arrojara una tasa superior a 0,60 «no se probó su influencia en sus capacidades para la conducción», puesto que la mujer que resultó atropellada «cruzó de repente y sin mirar, lo que hizo imposible» que pudiera frenar a tiempo su vehículo.

Resulta casi conmovedor el esfuerzo tanto de él como de su abogado por defender su conducta, pero ni el juzgado de lo penal ni ahora la Audiencia Provincial dan por buenos sus argumentos. Además, hay que añadir que a la fecha del atropello su coche carecía del seguro de responsabilidad civil obligatorio.

Los agentes de la Policía Local que llevaron a cabo el atestado pudieron comprobar que el conductor del coche «presentaba halitosis alcohólica muy fuerte». Además, «se notaba en su hablar que había bebido, se ladeaba al caminar, tenía ojos rojizos y acuosos, respiración agitada». Es decir, sufría todos los síntomas externos del estado de ebriedad.

Al mismo tiempo, los funcionarios públicos rechazaron que la mujer saliera de repente al paso de peatones, puesto que el atropello se produjo cuando la víctima se hallaba en la mitad del mismo. También descartaron que se encontrara entre un coche y un árbol antes de descender al asfalto desde la acera. Todo ello lleva a la Audiencia a deducir que la ingesta de alcohol afectó a sus reflejos y condiciones psicofísicas.