Hasta tres años de cárcel por pintadas en el Patrimonio

F.L.D.
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El Ministerio Público llevará a juicio a todos los autores de daños a bienes culturales tras la sentencia de la Audiencia que calificaba por primera vez como delito un grafiti en el entorno de San Esteban

Hasta tres años de cárcel por pintadas en el Patrimonio - Foto: Luis López Araico

Hasta hace bien poquito, pintar sobre bienes patrimoniales salía relativamente barato. Si ya de por sí para las fuerzas de seguridad es complicado pillar 'in fraganti' al autor de un grafiti, la justicia consideraba que siempre que pudiese borrarse el daño no tenía la suficiente entidad para considerarse un delito. Una sentencia del Tribunal Supremo, que corregía esta opinión de los jueces, permitió por primera vez a la Audiencia Provincial de Burgos castigar estos actos vandálicos como una infracción grave. Esto abre la veda para que el Ministerio Fiscal pueda perseguir con más ahínco estas conductas y solicitar penas de hasta tres años de prisión. 

El pronunciamiento de  la Audiencia hace unos meses, que contestaba a un recurso tras un primer pronunciamiento del Juzgado de lo Penal número 2 de la capital, cambia de manera radical la manera en que los magistrados estaban aplicando el Código Penal. Porque hasta que el Supremo sentó jurisprudencia el criterio mayoritario hacía muy complicado demostrar que las pintadas suponían un daño al patrimonio, extremo indispensable para poder penar estos actos como delito. 

Por poner un ejemplo práctico. Hace unos años apareció en el exterior del claustro bajo de la Catedral un grafiti. Pese a que la Policía logró dar con la responsable y la Fiscalía la sentó en el banquillo, quedó absuelta porque los servicios de limpieza consiguieron que la pintada desapareciese y que los muros recuperasen su aspecto anterior, lo que dio pie al tribunal a determinar que no había daño alguno para el templo. 

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