El TSJ obliga al Cenieh a cesar a la actual directora

I.L.H.
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La sentencia le afea haber mantenido a María Martinón y le ordena repetir el proceso selectivo con la misma comisión

María Martinón Torres fue nombrada directora del Cenieh en noviembre de 2017. - Foto: Alberto Rodrigo

Ayer se cumplieron dos años de la toma de posesión de María Martinón Torres como directora del Centro Nacional de Investigación sobre la Evolución Humana (Cenieh). Su nombramiento, sin embargo, llegó con un recurso bajo el brazo que interpuso otro de los candidatos a ocupar ese mismo puesto. El contencioso administrativo entre el recurrente y el Consejo Rector del Consorcio del Cenieh se ha alargado hasta ahora, cuando una sentencia del Tribunal Superior de Justicia obliga a cumplir a rajatabla la anterior decisión judicial, de junio de este año, que ordenaba repetir el proceso selectivo «por las múltiples irregularidades observadas».

El TSJ sentenciaba entonces que debía anularse el nombramiento de María Martinón Torres; y lo que ratifica la nueva orden judicial es que su cese incluye que tampoco pueda ejercer como directora en funciones «durante el tiempo mínimo imprescindible para resolver el proceso selectivo», lo que ha venido haciendo desde entonces por decisión del Consejo Rector.

El juzgado afea al órgano el acuerdo de octubre de este mismo año por considerar que se excede  en su decisión y que no cumple la sentencia ‘en sus propios términos’: «Únicamente procede anular y dejar sin efecto su nombramiento -lo que conlleva su cese-», acuerda la sala para a continuación recordar que, según la resolución judicial, «una vez anulado su nombramiento y acordada la retroacción del proceso selectivo,  (María Martinón) se presente únicamente como una aspirante más en ese proceso, debiendo la Comisión de Selección ajustar su actuación a lo dispuesto en las bases de la convocatoria».

No es, por otro lado, el único tema en el que se pronuncia el TSJ. También obliga a mantener la misma Comisión de Selección, ya que lo acordado es retrotraer las actuaciones al inicio del proceso, es decir, ajustarse a lo que dicen las bases y desde ese punto volver a valorar a los candidatos.

La discrepancia estaba en la decisión del Consejo Rector de sustituir a uno de sus miembros, Gregorio Muñoz Abad, porque ya no ocupaba el mismo puesto. El tribunal, sin embargo, ordena que se mantenga porque sigue pudiendo ejercer como representante de la Junta y no existen «causas objetivas» para su sustitución.