Piden inhabilitar a la alcaldesa del Valle de Manzanedo

A.C.
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El fiscal solicita 13 años de inhabilitación especial a María del Carmen Saiz para empleo o cargo público. El Juzgado ha decretado la apertura de juicio oral por delitos de prevaricación y malversación

María del Carmen Saiz, alcaldesa del Valle de Manzanedo. - Foto: A.C.

El fiscal pide para la alcaldesa socialista del Valle de Manzanedo, María del Carmen Saiz, la pena de 13 años de inhabilitación especial para empleo o cargo público por un delito continuado de prevaricación, al considerar que cobró ayudas municipales hasta en tres años sin cumplir uno de los requisitos para ello, que era el de residir en el municipio y no solo estar empadronado. Asimismo, el Juzgado de Villarcayo acaba de decretar la apertura del juicio oral tras ser presentadas las acusaciones del fiscal y la acusación particular que ejerce la edil del PP, Margarita Pérez, quien reclama 14 años de inhabilitación por dos delitos de prevaricación y 1 año de prisión por malversación.

Este asunto judicial, el segundo por el que Saiz se sentará en el banquillo -ya tiene abierto otro juicio oral por el cierre de los caminos de Rioseco- tiene su origen en las ayudas municipales que, según el fiscal, cobró en los años 2013, 2015 y 2106 sin presuntamente cumplir los requisitos. Ya en 2009, el Consistorio publicó en el Boletín Oficial de la Provincia un primer Reglamento regulador de fomento de la residencia y apoyo al vecino, que modificó en 2011 para elevar la ayuda de 100 a 110 euros y en 2015, en que la subió a 150.

En todos los casos, el reglamento perseguía «paliar los inconvenientes que le ocasiona -al vecino- residir en una zona rural, con deficiencias de comunicación y carencia de servicios». Asimismo, indicaba que «estas actuaciones de fomento -de la residencia- podrán llevarse a cabo directamente, mediante actividades o servicio que organice o preste el propio Ayuntamiento o indirectamente, mediante la concesión de ayudas a los vecinos para que puedan costear los servicios que se procuren por otros medios». Los beneficiarios podían ser los vecinos y el reglamento «considera vecino del municipio al residente en el mismo y que como tal esté inscrito en el padrón municipal de habitantes».

En el caso de la alcaldesa, la denuncia nace del hecho de que aún estando empadronada reside fuera del Valle de Manzanedo (...).

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