Condenado a 14 años de cárcel el mirandés del arsenal de armas

A.B.
-

El hombre, que tenía incluso fusiles automáticos, interpuso un recurso de apelación pero el Trbunal Superior de Justicia lo ha terminado rechazando

Condenado a 14 años de cárcel por acumular armas y explosivos - Foto: Patricia González

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León confirma la sentencia para el mirandés que acumulaba un arsenal de armas y productos explosivos en su vivienda de la calle Condado de Treviño. La Sala de loCivil y Penal ha rechazado el recurso de apleación presentado por el acusado, Rubén L.R., y, por tanto, mantiene la condena de 14 años de prisión.

El hombre, que poseía en su casa incluso fusiles automáticos, ha sido declarado culpable de dos delitos. En primer lugar, de depósito de armas de guerra en concurso con el delito de depósito de armas reglamentadas, lo cual se ha traducido en una pena de 8 años de prisión. Unido a ello, también pasará en la cárcel otros 6 años por poseer productos explosivos.

La Audiencia Provincial de Burgos ya apuntó en su sentencia que Rubén L.R. acumulaba en su domicilio desde «al menos el año 2014 hasta 2019» numerosas armas «careciendo de cualquier tipo de licencia». Este mirandés compraba dichos instrumentos inutilizados y se encargaba de rehabilitarlos. Además, también fabricaba artesanalmente otros dispositivos, de nuevo, sin permiso de ningún tipo.

Por ejemplo, entre su arsenal se encontraba un fusil VZ-58, el cual se suele considerar como la versión checa del AK47, o un subfusil VZ-26. Estos modelos están denominados por la legislación como armas de guerra y, por ese motivo entre otros, elTribunal Superior de Justicia ha terminado rechazando su recurso de apelación. 

En el texto que presentó para intentar rebajar su condena, apuntaba que, en realidad, el registro de su casa no debía haberse llevado a cabo y que, como máximo, podría imputársele una infracción de tenencia ilícita de armas. No obstante, la sala aclara que esa infracción «nada tiene que ver con los hechos enjuiciados», puesto que se ajustan realmente al delito de depósito de armas de guerra y reglamentadas. Además, niega que la entrada en la casa del sujeto estuviera fuera de la legalidad, dado que el proceso solo contenía un error formal relacionado con las fechas.