Burgos ya no tendrá juzgado de cláusulas suelo desde enero

F.L.D.
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La Sala de Gobierno delTSJ entiende que el volumen de trabajo de Primera Instancia 4 no es tan elevado para mantenerlo especializado y los asuntos bancarios se repartirán en lo civil

El juzgado llevaba especializado desde mediados de 2017. - Foto: Luis López Araico

La jurisprudencia favorable a los clientes provocó un aluvión de demandas contra los bancos por cuestiones como cláusulas suelo o gastos hipotecarios. El Consejo General del Poder Judicial quiso contrarrestar ese incremento de procedimientos canalizándolos a través de juzgados especializados, una medida que entró en vigor en 2017. En Burgos, Primera Instancia 4 se encargó de recibir de manera exclusiva y excluyente todos estos pleitos. Y aunque le costó engrasar la maquinaria, lo cierto es que poco a poco fue resolviendo de una manera ágil hasta el punto de que eran muchos más los casos resueltos que los ingresados. El volumen de trabajo poco a poco ha ido disminuyendo y ahora mismo el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha acordado liberar a este órgano de su dedicación. 

En Castilla y León fueron tres las provincias que estos últimos cinco años han tenido un juzgado especializado en asuntos bancarios, Valladolid, León y Burgos. Los últimos datos publicados muestran que en el caso de las dos primeras los pleitos que ingresan y los que quedan pendientes están en unos niveles elevados. Ambos superan los 3.000 casos, tanto de entrada como los que quedan aún por resolver, lo que mantiene a estos dos órganos en altos niveles de congestión. 

Bien distinta es la situación en los Juzgados de Reyes Católicos, donde sí hubo un periodo de más sobrecarga de trabajo y los tiempos de respuesta fueron mejorables. A principios de 2019, el Tribunal Supremo sentó jurisprudencia sobre cómo quedaban fijados los gastos hipotecarios entre los clientes y las entidades bancarias. Eso provocó un mayor ingreso de asuntos, hasta el punto de que en ese primer trimestre se duplicó su trabajo e hizo temer en un colapso. Además, las dudas sobre el IRPH vaticinaban otra avalancha. El esperado fallo del tribunal europeo daba a cada juez la libertad de decidir caso por caso y los abogados recomendaron a los clientes esperar a un pronunciamiento  más claro al no tener la seguridad absoluta de que pudieran ganar a la banca. Todo quedó, así, en fuegos artificiales. 

Lo mismo ocurrió con las tarjetas revolving, pues al ser un asunto bancario y preverse un repunte de los procedimientos, lo cierto es que éstos se repartieron por el resto de juzgados civiles y no hubo tal sobrecarga. Y la pandemia tampoco afectó en exceso al día a día de Primera Instancia 4, pues para entonces ya había cogido velocidad de crucero y comenzó a resolver asuntos en cuestión de un año. Una vez levantadas las primeras restricciones y reanudados los plazos procesales, este órgano decidió celebrar la mayoría de juicios de manera telemática. Esto sirvió para agilizar aún más la resolución.

Según los datos facilitados por el ConsejoGeneral del Poder Judicial, este juzgado especializado en asuntos bancarios ha ingresado algo más de 7.000 asuntos, unos 1.500 al año.  Nueve de cada diez sentencias han sido favorables a los clientes. 

El descenso de pleitos ha sido progresivo desde 2020 y, según recoge el acuerdo alcanzado hace apenas unos días por la Sala de Gobierno delTSJ, en este ejercicio era el volumen de entrada era el más bajo desde su creación (798 procedimientos). Su nivel de pendencia también es muy bajo, apenas 300. 

Los propios abogados especializados en este tipo de casos judiciales reconocían hace unos meses que el volumen de trabajo era bajo, que se resolvía mucho más rápido que en provincias vecinas y que había muy pocas posibilidades de que volviesen a repuntar los asuntos porque, teniendo en cuenta que la primera sentencia favorable a un cliente era de hace una década, los ciudadanos habían tenido tiempo de sobra para ir a los tribunales. 

Así pues, el acuerdo de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, a propuesta de un informe de la Unidad de Planta y Oficina del Consejo General del Poder Judicial entiende que no hay ninguna razón objetiva, en base a los números de ingreso y pendencia, que recomienden la especialización de Primera Instancia 4 en cláusulas suelo y establece que a partir del 1 de enero de 2023 finalice la prórroga. Desde ese momento, las demandas que se presenten se repartirán en el resto de unidades civiles.