Anula una multa del estado de alarma por la sentencia del TC

SPC
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El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 3 de León estima el recurso interpuesto por un particular sancionado con una multa por infringir las prohibiciones de desplazamiento acordadas durante el estado de alarma

Anula una multa del estado de alarma por la sentencia del TC

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número tres de León estimó el recurso interpuesto por un ciudadano sancionado con una multa de 300,50 euros por infringir las prohibiciones de desplazamiento acordadas durante el Estado de Alarma.

El Juzgado basa su fallo en la declaración de inconstitucionalidad del artículo 7 del Real Decreto que impuso el Estado de Alarma, en el que se fijaban esas restricciones. Al haber sido declarado inconstitucional, y por lo tanto nulo, dicho artículo, todas las multas impuestas a su amparo son igualmente nulas.

La sentencia, contra la que no cabe recurso de apelación, condena a la Administración del Estado a la devolución del importe de la multa que hubiera sido abonado, más el interés legal, así como al pago de las costas procesales.