El acoso a un alto cargo le cuesta a la Junta 60.000 euros

I. ELICES
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El TSJ ya condenó en 2017 a esa Administración a indemnizar con 21.000 euros al jefe de Vida Silvestre. El juzgado estima probado que el 'moobing' se ha perpetuado sin que se hiciera nada para frenarlo

La situación de acoso se ha dado en el Servicio Territorial de Medio Ambiente. - Foto: Alberto Rodrigo

Lo peor no es que los tribunales condenen a una Administración por acoso a uno de sus empleados, un alto cargo para más señas, sino que no ponga remedio a tal situación y vuelva a recaer una nueva sentencia en su contra que la obliga a soltar más dinero en concepto de indemnizaciones por daños. No se trata de un supuesto teórico. Ha ocurrido en la Delegación de la Junta de Castilla y León, en concreto en el Servicio Territorial de Medio Ambiente. El Juzgado de lo Contencioso 1 ha dictado una resolución -recurrible- que condena a la Junta a compensar a un alto funcionario con 65.000 euros por ‘mobbing’ laboral. En un fallo firme de 2017, el TSJ emitió una sentencia similar con la imposición de una indemnización de 21.000 euros. Ya van 86.000 euros en dinero público que deberá desembolsar el Gobierno regional por no enmendar esta situación.

La Delegación de la Junta tramitó una información reservada en 2017, para, en teoría, investigar el asunto y ponerle remedio, pero fue archivada. De modo que la víctima del acoso, el jefe de la Sección de Vida Silvestre, recurrió a la jurisdicción contencioso administrativa para reclamar justicia. En su demanda, expresaba que la situación de ‘mobbing’ que dio lugar a la primera sentencia condenatoria permanecía en el tiempo, entre otras cosas porque la Administración no llevó a cabo ninguna investigación.

En primer término, el fallo entra a valorar la inacción de la Junta a la hora de poner freno al acoso y de investigar los hechos. Así, la sentencia señala que el hecho de que el delegado de la Junta -Baudilio Fernández Mardomingo en esa época- no se abstuviera en el proceso cuando la sentencia de 2017 había acreditado su «indiferencia, «revela sin duda una intención de la Administración de no instruir debidamente la situación denunciada». Asimismo, afea la resolución que en materia de prueba «se omitieran sin justificación testificales de quienes precisamente habían sido señalados como actores del acoso en sentencia firme, personalizados en el delegado y en el jefe de Servicio de Medio Ambiente».

El lío en ese departamento es monumental, porque como indicio de la perpetuación de acoso el demandante esgrimió un expediente disciplinario abierto en virtud de «una denuncia anónima que resultó ser de la esposa del jefe de Servicio».

La titular del juzgado da la razón al jefe de la Sección de Vida Silvestre en el ‘puenteo’ que denunció en el desempeño de sus funciones. Los escritos y correos electrónicos que aportó el personal de la Administración «ponen de relieve la existencia de persecución y acoso» al alto cargo. Y es que no era convocado a actuaciones o reuniones en las que «cabe entender que su presencia era necesaria o lógicamente esperable», lo que provocaba el desconocimiento del recurrente de asuntos por los que otros interesados -generalmente autoridades locales- le preguntaban y no podía responder.

Los representantes de la Delegación Territorial que se oponen a la demanda calificaron de «absurdo» ese planteamiento de acoso, pero la jueza responde que «lo absurdo es lo contrario, en tanto que» la denuncia del alto cargo «ya dio lugar de facto a una condena por responsabilidad patrimonial por acoso».  Es más, «de la prueba se deduce que aún después» de esa primera resolución judicial «no se adoptaron las medidas que permitieran poner fin a las acciones de puenteo» denunciadas.

De los correos electrónicos analizados en el procedimiento «puede declararse probado que el jefe de Servicio de Medio Ambiente no varió en nada su proceder en la comunicación» con el jefe de sección, algo que corroboraron todos los interrogados.

La sentencia no solo corrobora que el ‘puenteo’ se perpetuó sino que después de la primera sentencia se produjo un hostigamiento contra el alto cargo. Otros funcionarios del Servicio enviaron correos e incluso recogieron firmas para publicar en Diario de Burgos una carta de apoyo y defensa del jefe de Servicio de Medio Ambiente. Pues bien, la magistrada estima  que estas acciones «no pueden ampararse en un mero ejercicio de la libertad de expresión o de opinión». La juzgadora no encuentra justificación en la difusión de esos escritos en prensa y redes sociales «que no solo persiguen dejar en evidencia los hechos declarados probados en sentencia firme y ridiculizar sus consecuencias sino también a quien promovió el procedimiento contencioso que ha logrado probar su versión de los hechos».