No se pueden disolver empresas sin avisar antes a sus dueños

G. ARCE
-

Una resolución del Ministerio de Justicia sobre el conflicto en torno a la firma burgalesa Sotocal Asesores S.L., disuelta de pleno derecho en 2021, subraya que los afectados deben ser parte y tener posibilidad de intervenir en el procedimiento

Heimbach Ibérica estuvo disuelta registralmente durante un mes por problemas con la Ley de Sociedades Profesionales. - Foto: Alberto Rodrigo

Antes de disolver una empresa, los propietarios de la misma deben ser informados previamente de esta decisión tan trascendental para sus intereses por parte del Registro Mercantil. Lo que, a todas luces parece un procedimiento lógico, en Burgos no se habría seguido en numerosos casos durante, al menos, los últimos seis años, causando lo que empresarios, economistas y abogados llegaron a calificar en su momento como un "problema de ciudad", un caso prácticamente único en España.

Que se conozca, más de veinte sociedades desaparecieron sin ser advertidas por el registrador mercantil, la última a finales del pasado año, y se confía en que no sean más porque el Ministerio de Justicia ha puesto coto a las disoluciones automáticas. A partir de ahora, habrá que advertir, con carácter previo, a los propietarios de las empresas afectadas para que puedan intervenir en lo que fuera necesario para evitar su desaparición.

Así queda argumentado en la resolución fechada el 11 de abril de 2022 (publicada en el BOE en su edición del día 5 de mayo) de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, organismo dependiente del Ministerio de Justicia, que se pronuncia -aunque, finalmente, lo desestima- sobre un recurso interpuesto por el notario de Burgos Fernando Puente de la Fuente.

El motivo del procedimiento fue la decisión del Registro Mercantil de disolver la empresa Sotocal Asesores S.L., al no estar adaptada a la Ley de Sociedades Profesionales porque dentro de su objeto social prestaba servicios de asesoramiento fiscal, contable y laboral a empresas. Sotocal Asesores también se dedica a la organización, montaje y gestión de programas y proyectos socioeducativos y deportivos, recursos humanos y acciones sociales, actividades de animación socioculturales, entre otros fines sociales.

A los dos socios de esta firma, con 30 años de trayectoria, les pilló totalmente por sorpresa esta actuación, comunicada el pasado 20 de diciembre. 

Más casos 

Sotocal Asesores ha sido la última de un listado de hasta 21 compañías que se han venido disolviendo de pleno derecho sin previo aviso desde el año 2016, ninguna de ellas sociedades profesionales, por lo tanto, no afectadas por la ley de 2007. De la noche a la mañana estas empresas, en plena actividad, amanecían disueltas y en fase de liquidación, con importante perjuicios para las mismas, sus empleados, clientes y proveedores, según denunciaron en su momento.

Uno de los casos más notorios, advertido en 2017 en estas mismas páginas, fue el ocurrido con Heimbach Ibérica, una de las primeras industrias instaladas en el polígono de Gamonal y en plena actividad de fabricación, que fue disuelta registralmente durante casi un mes porque su objeto social no era acorde con la Ley de Sociedades Profesionales aprobada en 2007 y se había superado el plazo dado para realizar los cambios societarios.

La desaparición sobre el papel de esta industria provocó una gran sorpresa entre sus socios alemanes, directivos y empleados, y también entre el empresariado local. De hecho, a la postre motivó un encuentro entre el presidente de FAE, Miguel Ángel Benavente, y el registrador mercantil, quien esgrimió en defensa de estas actuaciones sentencias del Tribunal Supremo y diferentes resoluciones de la Dirección General de los Registros y el Notariado. 

Aquel encuentro con el líder de los empresarios y el aviso a las empresas asociadas a la patronal FAE no fueron suficientes para parar las quejas generalizadas. Un año después se envió un escrito a la Dirección de los Registros y del Notariado, firmado no solo por la patronal burgalesa, sino también por los colegios oficiales de Economistas y de Abogados de Burgos. 

Estas instituciones llegaron a advertir en su escrito del riesgo de desaparición y deslocalización de empresas por este proceder registral, lo que no solo ponía en jaque la viabilidad de las afectadas y les suponía importantes costes añadidos sino que, además, generaba una inseguridad jurídica que afectaba a la totalidad de la economía local y provincial, rezaba aquel escrito.

Empresarios, economistas y abogados tildaron la situación creada por esa forma de disolver "sistemática y arbitraria" como "un problema de ciudad", una situación que, argumentaron, contradecía la forma de actuar de la mayoría de registradores de España.

Reactivación 

La sociedades disueltas de pleno de derecho por no estar adaptadas a la Ley de Sociedades Profesionales (que no es el caso de las mencionadas) les quedan dos salidas: liquidarse o reactivarse. En este segundo caso tienen que ejecutar un procedimiento de reactivación, que implica un coste burocrático y económico importante para las afectadas.

Además, para 'resucitar' una empresa hace falta una manifestación unánime de los socios alegando que no es una sociedad profesional, aunque en algún caso de las mencionadas no se logró la unanimidad necesaria, por lo que acabaron liquidándose.

La resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública desestima el recurso interpuesto por el notario burgalés y "confirma" la calificación del registrador mercantil, según consta en el BOE.

No obstante, en su parte final insta a que en estos procedimientos se comunique previamente a la sociedad afectada para que aclare su situación. Ésta podrá hacer tal manifestación de su situación con carácter previo, evitando así su disolución y todas las consecuencias perjudiciales que dicha disolución lleva aparejadas.

La resolución supone una mayor tranquilidad y seguridad para las empresas de la provincia.

Preguntado al respecto de la misma, el Registro Mercantil ha declinado valorar esta resolución, una de la muchas que genera la actividad de este organismo público. En todo caso, los dictámenes de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública contribuyen a adaptar y mejorar el funcionamiento de los Registros.