Inversiones paralizadas en el centro equino de La Cartuja

J.M.
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La empresa asegura tener los permisos para ejercer la actividad y rebate los argumentos del técnico de Licencias que propuso cerrar la instalación

Las cuadras para caballos son elementos prefabricados y carecen de cimentación. - Foto: Valdivielso

Hace algo más de cinco años que un particular oriundo de Burgos, pero que desde hace varias décadas reside en el extranjero, decidió invertir en su tierra más de cuatro millones de euros para poner en marcha una innovadora instalación ganadera en las inmediaciones de La Cartuja de Miraflores. Lo que nunca imaginó es que aquel exitoso proyecto se iba a tropezar con una orden de cese de actividad por parte del Ayuntamiento que, afortunadamente para los intereses de la propiedad, el Juzgado ha ordenado recientemente paralizar al aceptar, como medida cautelar, la suspensión de ese mandato realizado desde la Concejalía de Licencias.

La confianza de los profesionales del sector en GreenGates (así se llama la instalación) había llevado a la propiedad del negocio a planificar una inversión de cuatro millones de euros que supondría elevar de 5 a 14 los empleos directos generados. Sin embargo, el litigio abierto con el Ayuntamiento, a propósito de si se tienen o no las preceptivas licencias, ha obligado a suspender esta apuesta hasta que se clarifique el conflicto.

Aunque para muchos burgaleses este centro equino puede ser desconocido, lo cierto es que las instalaciones que la sociedad Tabalou Development, S.L.U. tiene a las afueras de la capital son un referente en un sector, el de la ganadería equina, que demanda espacios a los que poder confiar la estancia de caballos en los obligatorias descansos que deben realizar para garantizar el bienestar  animal. Y ahí, la ubicación estratégica de Burgos hace que miles de ellos hagan parada cada año en el centro equino de La Cartuja.

Los numerosos eventos internacionales en España, Portugal y Marruecos atraen caballos de toda Europa, muchos de ellos de un valor incalculable, que hacen largos viajes desde países tan lejanos como Noruega, Suecia, Polonia, Holanda, Bélgica, Alemania o Reino Unido y para muchos de los profesionales de este sector, Burgos es parada obligatoria.

La propiedad recuerda que lejos de ser una instalación clandestina, Tabalou Development, S.L.U. ha realizado estos años numerosos trámites con la Administración para obtener las preceptivas licencias.

Lo que sucede es que Tabalou y el técnico municipal que ha informado sobre la instalación y ha impulsado la orden de cese de actividad mantienen posiciones antagónicas. La más palmaria de todas ellas es que la sociedad asegura que posee las licencias preceptivas. La de la instalación de los vallados de forma expresa, y la ambiental y de obras por silencio positivo (al no haberse pronunciado la Administración en los tres meses siguientes a la solicitud de las autorizaciones).

Todo ello, reforzado por la existencia de informes favorables de distintas áreas (Ingeniería Industrial, Medio Ambiente, Aguas), de haber superado una inspección sanitaria del Ayuntamiento o de contar con una resolución y con un informe (ambos favorables) de la Junta de Castilla y León en el que se dictamina que la actividad proyectada tiene naturaleza de explotación equina.

Las diferencias, sin embargo, surgen en las interpretaciones urbanísticas ya que la propiedad no entiende ciertas contradicciones como son que en algunos informes se defienda que es necesario que este espacio sea declarado con uso excepcional en suelo rústico y que en otra resolución, la que da pie al expediente sancionador, se diga que los «boxes, andador, nave almacén, vestuarios y zona de descanso» son «uso permitido, lo que implica, de acuerdo con lo señalado en el art. 58 del RUCyL, que son usos compatibles en todo caso con la protección otorgada a la categoría de suelo rústico y, por tanto, no precisan una autorización de uso excepcional». Todo ello, para desdecirse de nuevo y regresar a la tesis inicial.

Discute también la propiedad que carece de sentido que el andador de caballos se compute como una construcción, argumento que utiliza el técnico municipal para defender que se supera la intensidad edificatoria. Se trata de un espacio que carece de cerramientos laterales más allá de una malla para proteger del viento y eso la empresa defiende que es, sencillamente, un elemento que no puede considerarse una edificación. De la misma manera que no puede computarse, según aseguran, una vivienda que obtuvo licencia en la década de los 70 al tratarse de una edificación preexistente que la normativa deja fuera de ese cálculo.

La misma discusión, entre otras varias, se produce con los boxes (las cuadras de caballos), ya que la empresa defiende que no son una construcción, sino un elemento de derechos ordinarios propios del suelo rústico al carecer de cimentación, ser prefabricados y formados por hierro y tablones. A lo que se suma que en noviembre de 2017 se informó de manera desfavorable al inicio de actividad al faltar un informe veterinario y al lograrlo no se concedió de forma expresa.