Multa de 300.000 euros por el derribo parcial del Niño Jesús

J.M.
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La resolución del expediente sancionador del Ayuntamiento de Burgos defiende que la empresa constructora pudo preservar la fachada del edificio, tipifica la infracción urbanística de muy grave y ratifica las conclusiones del informe de la UBU

Multa de 300.000 euros por el derribo parcial del Niño Jesús - Foto: Miguel Ángel Valdivielso

El expediente sancionador abierto por el Ayuntamiento contra la promotora de las obras del antiguo colegio Niño Jesús responsabiliza a la empresa del derribo en abril de 2019 de una de las fachadas del extinto centro educativo y le impone una sanción de 300.000 euros en virtud de la Ley de Urbanismo de Castilla y León, que en su artículo 115 recoge que «constituyen infracciones urbanísticas muy graves la demolición de inmuebles catalogados en el planeamiento urbanístico».

En la resolución del expediente, que ha sido trasladada a la empresa, el Ayuntamiento defiende que la fachada que se tiró pudo preservarse y no da por buenos los argumentos dados por Bellbrick, la promotora que transformó el antiguo colegio en viviendas de lujo, en los que argumentaba que el desmontaje de la misma se realizó por motivos de fuerza mayor y debido a un «riesgo muy alto de daños a personas y cosas».

El instructor del expediente se apoya en su resolución del informe que se encargó a la Universidad de Burgos para que uno de sus arquitectos arrojara luz sobre si el polémico derribo de la fachada fue o no fue evitable.

(Más información, en la edición de papel de hoy de Diario de Burgos)