El plan de choque beneficiará a 47.000 interinos

SPC
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En la Comunidad el total de funcionarios es de 166.682, de los que 97.201 pertenecen a la administración autonómica, 35.641 a las entidades locales y el resto, 33.840, al Estado

El delegado del Gobierno en Castilla y León, Javier Izquierdo, se reúne con responsables de diferentes áreas de empleo público de los sindicatos UGT, CCOO y CSIF de Castilla y León para informales sobre el Real Decreto Ley de Medidas. - Foto: Rubén Cacho (Ical)

El Plan de Choque para reducir la temporalidad en las administraciones públicas podría afectar a 47.000 empleados públicos de Castilla y León, de los cuales el porcentaje de interinidad en la Educación Secundaria ronda el 28,6 por ciento; el 30 por ciento, en el Sanitario y el 37 por ciento, en la Administración Local. 

El delegado del Gobierno en Castilla y León, Javier Izquierdo, mantuvo hoy un encuentro de trabajo con los representantes sindicales en Castilla y León durante el que Izquierdo informó acerca del acuerdo sobre el Plan de choque, que aprobó el martes el Consejo de Ministros a través de un Real Decreto-ley y que fue suscrito el lunes por el ministro de Política Territorial y Función Pública, Miquel Iceta, con los sindicatos CC.OO, UGT y CSIF. 

El delegado explicó que el acuerdo firmado el pasado lunes recoge la reforma del artículo 10 del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público (Trebep). 

En síntesis, ninguna persona podrá ocupar con carácter interino una plaza estructural de la administración durante más de tres años. En este sentido, se pondrá en marcha un último proceso de estabilización para interinos en plazas estructurales no incluidos en los últimos procesos de estabilización. Se tratará de un sistema de concurso-oposición, en el que la experiencia contará un 40 por ciento, de modo que quienes no superen este proceso, serán incluidos en una bolsa y recibirán una compensación económica.

La nueva normativa mejora, asimismo, la definición de la figura del personal funcionario interino: se refuerza el carácter de temporalidad al descartarse cualquier expectativa de permanencia tras una selección con publicidad y celeridad; se definen las causas de finalización y la duración máxima; y se establece la no discriminación entre el régimen jurídico del personal interino y el personal funcionario de carrera. 

“Se necesita un análisis pormenorizado de las causas estructurales de la temporalidad en las administraciones públicas y en cada sector para mejorar los sistemas de planificación, de forma que no quepa el recurso al nombramiento interino o contratación de personal temporal para funciones estructurales”, destacó el delegado.

Para la selección de personal funcionario interino se acudirá a procedimientos que respeten los principios de igualdad, mérito, capacidad, publicidad y celeridad. 

La excesiva tasa de temporalidad constituye un rasgo estructural del mercado laboral en España que lastra la competitividad del modelo productivo, y en el ámbito del sector público, la temporalidad es aún más elevada que en el privado, según el Gobierno.

Las causas de este fenómeno se encuentran en las limitaciones a la reposición de efectivos derivadas de las leyes presupuestarias, principalmente entre los años 2012 y 2015, y en los procesos selectivos, que en muchos casos no se desarrollan con la celeridad necesaria para garantizar la prestación de los servicios públicos. 

Izquierdo explicó que, de este modo, la reforma es “una solución eficaz a un problema heredado, enquistado, fruto de una regulación inapropiada y de años de un conjunto de prácticas inadecuadas”, y supone “un salto imprescindible hacia una Administración moderna y dimensionada a las necesidades de sus servicios”, que además garantiza la seguridad jurídica, frente a la situación actual de incertidumbre que afecta tanto a los empleados temporales como a las administraciones públicas. En definitiva, significó, se trata de “una apuesta consciente y decidida de esta Administración por ser ejemplo de empleo estable y de calidad”.

La urgencia de articular una reforma normativa con carácter inmediato viene motivada por varios factores como que la UE ha dirigido indicaciones a España sobre la necesidad de acometer reformas estructurales dirigidas a atajar la excesiva temporalidad. 

Además, la referencia de estas recomendaciones, el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia incorpora entre sus medidas un nuevo instrumento normativo con el objetivo de situar la tasa de temporalidad por debajo del ocho por ciento en el conjunto de las administraciones públicas españolas. 

Gradualidad en la aplicación

La reforma se aplicará únicamente al sector de administración general de las administraciones públicas, otorgándose el plazo de un año para la adaptación de la legislación específica para el personal docente y estatutario de los servicios de salud. Si transcurrido el plazo de un año no se adaptara la legislación específica en dichos ámbitos, lo dispuesto en el Trebep se aplicaría a dicho personal.

España cuenta con 2.710.405 empleadas y empleados públicos, de los que 1.616.211 (59,63 por ciento) trabajan en el Sector Público de las comunidades autónomas, 579.680 (21,39 por ciento) en el Sector Público de la Administración Local y 514.514 (18,98 por ciento) en el Sector Público del Estado. 

Así lo recoge el último Boletín Estadístico del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, correspondiente a enero de 2021, publicado por el Ministerio de Política Territorial y Función Pública hace unos días.

En Castilla y León el total es de 166.682 empleados públicos, de los que 97.201 pertenecen a la administración autonómica, 35.641 a las entidades locales y el resto, 33.840, al Estado.

Entre el 1 de enero de 2011 y el 1 de enero de 2021, el número de efectivos que presta servicios para las comunidades autónomas aumentó un 20,41 por ciento (principalmente en las áreas sanitaria y educativa), a nivel nacional, mientras nuestra Comunidad sumó prácticamente la mitad: un 11,39 por ciento de personal.